El 6 de marzo se confirmó en Perú el primer caso de coronavirus y a la fecha bordean los 40. Desde el Gobierno se han tomado medidas para evitar la propagación de la enfermedad ¿Cómo sanciona el Código Penal las actitudes negligentes o contrarias a lo dispuesto?
La doctora en derecho penal,
Romy Chang, señala que cuando una persona sabe que tiene la enfermedad y, a pesar de eso, no le importa contagiar y sale a la calle y tiene contacto con terceros el
Código Penal sanciona con penas de 3 a 10 años de cárcel.
Además, precisó que si a consecuencia de ello la persona contagiada sufre una lesión grave o fallece, la pena puede llegar a 20 años.
De igual forma, dijo, se sanciona cuando persona sabe que está enferma y actúa negligentemente.
"Cuando sabe que está enfermo pero no guarda los cuidados, es negligente. En esos casos, la pena puede alcanzar los 2 años de cárcel", indicó en RPP.
Chang recordó que todo lo anterior configuran delitos contra la salud y seguridad pública.
¿Y qué pasa si una persona con síntomas se niega a pasar el examen?
Para la abogada, ello no es pasible de una denuncia pues el Código Penal está pensado para supuestos más graves.
Sin embargo, pese a no merecer cárcel, por razones de seguridad el Estado les puede obligar a hacerse la prueba y a que cumplan aislamiento domiciliario, incluso contra su voluntad.
"Eso está previsto en la Constitución. Hay derecho a circular libremente, pero en la medida que no impliquemos riesgo para la salud pública", puntualizó.
Mencionó, además, que difundir información falsa sobre el coronavirus puede configurar delito contra la fe pública y una pena de hasta 4 años de cárcel.
(FIN) VVS
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Publicado: 14/3/2020