El Congreso de la República oficializó la ley sobre el uso y protección de los emblemas de la Cruz Roja, de la Media Luna Roja y del Cristal Rojo.
Dicha norma se publicó esta noche en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La presente ley tiene por objeto regular el uso de los emblemas de la Cruz Roja, de la Media Luna Roja y del Cristal Rojo en todo el territorio nacional, tanto en su uso protector como en su uso indicativo.
Asimismo, establece las medidas de prevención, control, sanción y vigilancia por el uso indebido y por la imitación de estos.
En al artículo dos se menciona que la presente ley obliga a toda persona dentro del territorio nacional a respetar la integridad y la vida de la persona que se identifique como voluntario o servidor del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.
Las disposiciones de la presente ley también se aplican para la protección de todo objeto o bien protegido que esté identificado con los emblemas de la Cruz Roja.
Precisamente, la Sociedad Peruana de la Cruz Roja colabora con las autoridades competentes para prevenir cualquier uso indebido e imitación de los emblemas de la Cruz Roja, de la Media Luna Roja y del Cristal Rojo, así como para promover su respeto conforme a la presente ley.
En la disposición complementaria final, se indica que el Poder Ejecutivo aprueba el reglamento de la presente norma en un plazo no mayor de noventa días.
(FIN) JCR
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Publicado: 11/5/2023