El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó el ajuste de la tarifa tope para las llamadas locales de teléfonos fijos de Telefónica del Perú a teléfonos móviles de cualquier empresa operadora.
Mediante Resolución de Consejo Directivo 022-2021-CD/Osiptel, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se estableció que la tarifa tope por cada segundo de llamada fijo-móvil será de S/ 0.0006, sin incluir el Impuesto General a las Ventas (IGV).
La presente norma se aplica al respectivo servicio regulado que es prestado por la empresa concesionaria Telefónica del Perú en áreas urbanas, la que puede establecer libremente las tarifas que aplicará por dicho servicio, sin exceder la tarifa tope vigente y sujetándose a lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas.
El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la mencionada resolución se sancionará de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Tarifas y en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobados por el Osiptel.
El mecanismo de regulación vigente en este tipo de comunicación establece que las tarifas deben actualizarse cada vez que el cargo de terminación móvil experimente alguna variación, dado que estos cargos representan más del 40 % del costo total de esta tarifa.
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(FIN) CNA