Andina

Lenguas indígenas: plataforma Renitli ofrece servicios de intérpretes y traductores

Más de 500 de estos profesionales pueden contactar con hablantes de lenguas indígenas u originarias

El Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas cuenta con 552 intérpretes y traductores de 38 de las 48 lenguas indígenas, quienes residen en 22 regiones.

20:45 | Lima, ene. 31.

El Ministerio de Cultura pone a disposición de la ciudadanía la plataforma virtual del Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas (Renitli), creada con la finalidad de que se ofrezcan servicios con pertinencia lingüística y garantizar la comunicación de todas las peruanas y los peruanos en su lengua materna.

A través de este servicio —ingrese a la web desde aquí— se podrá acceder a una base de datos oficial de ciudadanas y ciudadanos hablantes de lenguas indígenas u originarias que han aprobado el curso formativo de intérpretes y traductores de lenguas indígenas del Ministerio de Cultura.

Está a disposición de los tres niveles de gobierno, empresas y la ciudadanía en general. Así, a través de la web, entidades o empresas, en caso realicen este tipo de trabajos con lenguas indígenas u originarias, podrán acceder a los datos para contactar a los intérpretes y traductores, de manera automática y rápida, para solicitar sus servicios.

A la fecha, el Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas cuenta con 552 intérpretes y traductores de 38 de las 48 lenguas indígenas, quienes residen en 22 regiones.



El Ministerio de Cultura, por medio de la Dirección de Lenguas Indígenas del Viceministerio de Interculturalidad, dicta el curso de formación de intérpretes y traductores desde el 2012, con el fin de garantizar los derechos lingüísticos de los hablantes de lenguas indígenas u originarias.

Asimismo, el portafolio menciona que tal como señala la Ley 29735, toda persona tiene el derecho a usar su lengua originaria en los ámbitos público y privado, ser atendida en su lengua materna en los organismos o instancias estatales, gozar y disponer de los medios de traducción directa que garanticen el ejercicio de sus derechos.

El dato 

La principal diferencia entre un traductor y un intérprete está referida a su forma de trabajo. Mientras que el traductor trabaja con textos escritos, pasándolos de una lengua a otra; el intérprete se desempeña oralmente, transmitiendo en una lengua un discurso que ha sido emitido en otra.

Esta labor puede realizarse de una lengua originaria al castellano o viceversa.

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(FIN) NDP/TMC/JOT
JRA

Publicado: 31/1/2023