Los cónyuges, hijos y otros familiares de un fallecido pueden reclamar la herencia cuando no hay un testamento, mediante el proceso de sucesión intestada, conocido también como “declaratoria de herederos”, informó hoy el Ministerio de Justicia (Minjus).
Según remarcó, los defensores públicos del Minjus brindan asesoría legal gratuita a las personas que necesitan realizar este trámite ante el Poder Judicial.
Dicho servicio se enmarca dentro de la política del sector de trabajar por un sistema de administración de justicia accesible a la gente y construir puentes que permitan resolver los problemas de la población.
¿Qué es la sucesión intestada?
Es el proceso mediante el cual se transmiten los bienes, derechos y obligaciones de una persona después de su muerte a sus familiares: cónyuge, hijos, padres, abuelos, hermanos, tíos, sobrinos y primos.
El trámite se puede iniciar ante el Juzgado de Paz Letrado ubicado en la zona del último domicilio del fallecido, cuando no dejó testamento o el que suscribió fue declarado nulo o caduco, o cuando el heredero o herederos hayan fallecido.
¿Cuáles son los requisitos?
Para realizar este trámite, los interesados deben presentar los documentos que acrediten su vínculo con el fallecido: partida de nacimiento, partida de defunción y DNI del demandante y posibles herederos, documentos de los bienes que se pretenden heredar, entre otros.
Admitida la demanda, se anota la solicitud en los registros públicos y se publica en el Diario Oficial El Peruano y un diario de circulación en el lugar donde se presenta demanda.
Posteriormente, se procede a la audiencia que programará el juzgado respectivo, el cual emitirá la resolución y se anotará en el registro correspondiente en la Sunarp.
Para cualquier consulta o requerimiento de patrocinio legal gratuito sobre este y otros temas, los interesados pueden llamar a la línea gratuita de la Defensa Pública del Minjus: 0800 15259.
(FIN) NDP/VVS/FHG
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Publicado: 17/5/2018