Andina

Ejecutivo aprueba cobro por tercero autorizado del Bono Alimentario

Permitirá a los adultos mayores que no puedan movilizarse, cobrar beneficio a través de una tercera persona

Beneficiaria del bono alimentario. ANDINA/Difusión

Beneficiaria del bono alimentario. ANDINA/Difusión

16:33 | Lima, oct. 30.

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) indicó hoy que aprobó el procedimiento que autoriza el cobro por tercero autorizado, mediante el artículo 22 del Bono Alimentario (Ley n.° 31538) otorgado por el programa Pensión 65.

Con esto se permitirá viabilizar la entrega del referido subsidio de 270 soles a aquellos ciudadanos beneficiarios que presenten alguna discapacidad propia de su edad que impida su desplazamiento o que por diferentes motivos no puedan hacer efectivo el cobro, siempre y cuando estén considerados en los padrones aprobados por el Midis.

Como se sabe, el Bono Alimentario está dirigido a 4 millones 251,464 ciudadanos en condición de pobreza y pobreza extrema, de acuerdo con el Padrón General de Hogares del Sistema de Focalización de Hogares que administra el Midis.

Asimismo, dará cobertura a 2 millones 559,850 hogares de todo el país, incluyendo a los usuarios y usuarias de los programas sociales como Juntos, Pensión 65 y Contigo que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley N.° 31538.

Adicionalmente, se beneficiará a las familias que no figuren en los registros de la planilla pública y privada, a excepción de los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa, así como los hogares cuyos ingresos no superen los 1,025 soles.

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(FIN) NDP / MDV 

Publicado: 30/10/2022