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Telecomunicaciones: amplían vigencia de medidas para reclamos

de usuarios en emergencia por covid-19

Telefonía móvil. Foto: ANDINA/Juan Carlos Guzmán

Telefonía móvil. Foto: ANDINA/Juan Carlos Guzmán

14:21 | Lima, ago. 1.

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) amplió hoy la vigencia de las medidas temporales aplicables al procedimiento de reclamos de usuarios de los servicios públicos de Telecomunicaciones en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el covid-19.

La medida se dispuso mediante resolución de Consejo Directivo 136–2021–CD/Osiptel, publicado hoy en el diario El Peruano.

Se establece extender la vigencia de las medidas antes mencionadas, aprobadas mediante Resolución 145-2020-CD/Osiptel, hasta la implementación del expediente electrónico.

Se determina encargar a la Secretaria Técnica de Solución de Reclamos la adecuación de los procedimientos de reclamos a las disposiciones referidas a la implementación del expediente electrónico.

Se fija encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución y el Informe de Vistos sean publicados en el portal electrónico del Osiptel (https://www.osiptel.gob.pe).

En los considerandos de la norma, se señala que el Osiptel ha venido elaborando diversos proyectos para la implementación del expediente electrónico y la interoperabilidad para la transferencia de la documentación por parte de las empresas operadoras. 

En ese sentido, se constituye la ejecución de las medidas temporales aplicables al procedimiento de reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones, en un importante avance para la formación del expediente electrónico.

En esta línea, se menciona que la continuidad de las referidas medidas facilitará el proceso de implementación y adecuación a la normativa sobre los estándares técnicos mínimos para la estructura del expediente electrónico, los lineamientos y perfiles técnicos del expediente electrónico a que se refiere el decreto supremo (DS) 029-2021 de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Este DS aprueba el reglamento del Decreto Legislativo (DL) 1412, que aprueba la Ley del Gobierno Digital y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo.

Se señala que así y en línea con las políticas aplicables para la administración pública para reducir la propagación y contagio del covid-19, resulta necesario disponer la ampliación de la vigencia de las medidas temporales aplicables al procedimiento de reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones.


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(FIN) MMG

Publicado: 1/8/2021