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TC: EsSalud debe cumplir con entregar medicamentos a paciente VIH

ANDINA/Difusión

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18:47 | Lima, jul. 30.

El Tribunal Constitucional (TC) observó omisiones en la entrega de medicamentos a un paciente con VIH que recibe terapia antirretroviral por parte del Hospital Rebagliati Martins, de EsSalud, por lo que ordenó que este proceso se realice oportunamente y remita información sobre las medidas adoptadas en el contexto de la emergencia sanitaria.

La sentencia 694/2021, recaída en el Exp. N.° 0298-2020-PA/TC declaró fundada, en parte, la demanda de amparo presentada por J.E.P.V., porque no recibió medicamentos oportunamente en lapsos de 13 y 12 días, respectivamente, vulnerándose el derecho a la salud del demandante.


El esatablecimiento aludido alegó que una interrupción de la medicación, por única vez, "no causaría un efecto contraproducente en su tratamiento". 

Sin embargo, el TC indicó que el derecho a la salud implica que este se brinde en condiciones adecuadas de calidad, oportunidad, aceptabilidad y accesibilidad física y económica.

Además, la Ley 26626 encarga al Ministerio de Salud la elaboración del Plan Nacional de Lucha contra el virus de inmunodeficiencia humana, el Sida y las enfermedades de transmisión sexual, estableciendo que toda persona que se encuentra viviendo con VIH y Sida, "tiene derecho a recibir atención integral de salud continua y permanente por parte del Estado".

"(...) A través de todos los establecimientos de salud donde tenga administración, gestión o participación directa o indirecta y a la prestación previsional que el caso requiera", señala.

Con respecto al pedido de J.E.P.V. para ser trasladado a otro centro de salud bajo la cobertura de EsSalud, el Tribunal Constitucional declaró infundada esa parte de la demanda.

(FIN) NDP/JCC/VVS

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Publicado: 30/7/2021