En el caso de la región Arequipa están comprendidos en la declaratoria de emergencia 40 distritos: San Juan de Siguas, Tiabaya, Vítor, Mollebaya, Yura, Cerro Colorado, San Juan de Tarucani, Pocsi, Chiguata y Santa Isabel de Siguas (provincia de Arequipa); Andaray, Cayarani, Yanaquihua, Chichas e Iray (Condesuyos); Tipan, Orcopampa, Chachas, Viraco, Machaguay, Andagua, Chilcaymarca, Uñon y Ayo (Castilla).
Asimismo, Achoma, Sibayo y Tapay (Caylloma); Caravelí, Cahuacho y Huanuhuanu (Caravelí); Mariano Nicolás Valcárcel, Quilca y Ocoña (Camaná); Puyca, Quechualla,Toro, Pampamarca, Tauria, Cotahuasi y Sayla (La Unión).
Moquegua
En el caso de la región Moquegua, el
estado de emergencia continuará en los distritos de Carumas y Torata (
provincia de Mariscal Nieto), en Chojata, Puquina, Lloque y Omate (
General Sánchez Cerro), y en Ilo, El Algarrobal y Pacocha (
Ilo).
Esta medida tiene una vigencia de 45 días y empezará a regir desde el 13 de abril, precisa el decreto supremo publicado hoy en El Peruano.
San Martín
El estado de emergencia seguirá, por un periodo de 60 días contados a partir del 14 de abril, en los distritos de Papaplaya, El Porvenir, Chazuta, Sauce, Chipurana (provincia de San Martín); al igual que en San Cristóbal y San Hilarión (Picota), y en el distrito de Campanilla (Mariscal Cáceres).
En cada una de las normas publicadas hoy se establece que los gobiernos regionales de Arequipa, Moquegua y San Martín, así como los gobiernos locales comprendidos en la medida, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) continuarán con la ejecución de las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el desastre.
Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
En estas intervenciones participarán los ministerios de Salud; de Educación; de Agricultura y Riego; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; del Interior; de Defensa; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Desarrollo e Inclusión Social; de Trabajo y Promoción del Empleo; de la Producción; y de Energía y Minas.
El decreto supremo lleva la firma del Presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, y está refrendado por los titulares de los ministerios mencionados.
(FIN) LZD/MAO