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Abren procedimiento sancionador por presunta concertación de precios

ANDINA/Oscar Farje

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14:14 | Lima, dic. 15.

El Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador contra Kimberly Clark y Productos Tissue del Perú (Protisa), comercializadoras de papel higiénico y otros productos, por la presunta fijación concertada de precios y condiciones comerciales, en perjuicio de los consumidores.

Según el secretario técnico de la Comisión de la Libre Competencia, Jesús Espinoza, se trata del primer caso público iniciado mediante la colaboración de una empresa involucrada en un cártel de precios, en el marco del Programa Clemencia.

De acuerdo a las investigaciones preliminares, estas empresas, las principales comercializadoras de papel higiénico y de otros productos de papel tisú (papel toalla, servilletas, pañuelos y faciales) en el mercado peruano, habrían concertado precios y otras condiciones comerciales (descuentos y promociones) entre 2005 y 2014.

El inicio del procedimiento sancionador incluye a 17 personas naturales, por su presunta participación en el planeamiento y ejecución de la práctica, como exgerentes generales y otros miembros de la alta dirección de las empresas referidas.

Espinoza agregó que las evidencias obtenidas por el organismo a su cargo, provienen de correos y archivos electrónicos entregados por ambas empresa durante las visitas de inspección realizadas.

“También proviene de información escrita provista por ambas empresas a requerimiento de la secretaría técnica, testimonios tomados a personas naturales, y otros medios probatorios recabados como agendas físicas y facturas de hoteles, donde se habrían tomado estas decisiones”, dijo en conferencia de prensa. 

La supuesta práctica anticompetitiva habría cubierto los tres principales canales de comercialización: el tradicional (ventas a distribuidores y mayoristas), el moderno (supermercados y cadenas de farmacias) y el institucional (venta a empresas e instituciones).

Auto denuncia
“Protisa se auto denunció, este es el primer caso, teniendo en cuenta que renunció a su confidencialidad y su participación fue importante para evidenciar la práctica, así como entregar información relevante para comprobar la conducta”, manifestó en conferencia de prensa. 

Asimismo, indicó que el proceso sancionador se inició el primero de diciembre pasado, cuando la empresa Protisa se acogió al Programa de Clemencia, por lo que, en la práctica tendría el beneficio de exoneración de sanción.

“Aquellos que lleguen de manera posterior, serán acreedores a una reducción de la sanción, no a una exoneración, estamos hablando de un proceso que durará un año y medio y se sancionará con una multa administrativa”, explicó.

Sanciones
Sobre las sanciones a aplicarse Kimberly Clark y Protisa, refirió que “es un poco prematuro” hacer una proyección de cuál es la multa que recaerá en ellas, “pero estas tienen relación con los beneficios que las empresas obtienen como consecuencia de este proceder ilícito”.

“Estamos hablando de las ganancias supra competitivas, en el caso de este mercado, mueve alrededor de 800 millones de soles anuales, y sobre esas ventas, multiplicadas por los años que puede haber durado la práctica ilegal se podría saber cuál es el perjuicio que habría originado el cártel”, señaló.

En ese sentido, Espinoza afirmó que considerando el periodo de investigación es de una década, “podríamos estar hablando de un volumen de ventas afectadas en mas de 4,000 millones de soles, es decir, 1,200 millones de dólares”.

Según la norma respectiva, las conductas anticompetitivas son sancionadas dependiendo de la calificación de la infracción, si es leve será de 500 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), grave (1,000 UIT) y muy grave (superior a 1,000 UIT).

(FIN) JCC/JCC

Publicado: 15/12/2015