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MEF aprueba operación de endeudamiento con BIRF por US$ 350 millones

Comprende al Programa de Desarrollo del Capital Humano II

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.

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08:02 | Lima, jul. 2.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy una operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por 350 millones de dólares.

A través del Decreto Supremo 166-2021-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la mencionada operación para financiar el Programa de Desarrollo del Capital Humano II.

La cancelación de dicha operación de endeudamiento externo es mediante 18 cuotas semestrales y consecutivas, en los siguientes porcentajes del monto del préstamo y fechas:

- 5.6 % del 15 de diciembre del 2024 hasta el 15 de diciembre del 2032, correspondiente a las primeras 17 cuotas

- 4.8 % el 15 de junio del 2033 referida a la última cuota.

Las cuotas devengan una tasa de interés basada en la Libor a seis meses, más un margen a ser determinado por el BIRF de acuerdo con su política sobre tasas de interés.

El referido endeudamiento externo con el BIRF está sujeto a una comisión de compromiso del 0.25 % anual sobre el monto por desembolsar del préstamo, así como una comisión de financiamiento del 0.25 % sobre el monto total del préstamo, por una sola vez.

Se autoriza al MEF, mediante la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para que en el marco de la operación de endeudamiento externo que se aprueba pueda solicitar las opciones de facilidad de Conversión de Moneda, Conversión de la Base de la Tasa de Interés y Establecimiento de Límites a la Tasa Variable.

Para tal fin, se autoriza al director general de Endeudamiento y Tesoro Público del MEF a suscribir, en representación de la República del Perú, las instrucciones de conversión, así como toda la documentación que se requiera para implementar las referidas conversiones.

La unidad ejecutora del Programa de Desarrollo del Capital Humano II es el MEF, a través de la Dirección General del Tesoro Público.

El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen las operaciones de endeudamiento externo es atendido por el MEF con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.


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(FIN) CNA/JJN
GRM

Publicado: 2/7/2021