Andina

177 fueron detenidos arbitrariamente por homonimia y ninguno indemnizado

Defensoría busca corregir marco legal

ANDINA/archivo

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09:28 | Lima, set. 30.

La Defensoría del Pueblo registró 177 casos de detenciones arbitrarias por homonimia en el Perú desde el 2007 y en ningún caso los afectados recibieron alguna indemnización tras su liberación, debido a la ausencia del marco legal correspondiente.

Así lo advirtió Imelda Tumialán, jefa del Programa de Protección de Derechos en Dependencias Policiales de la Defensoría, al señalar que su institución participó en la defensa de estas personas, así como del obrero José Martínez, liberado ayer, tras ser confundido con un narcotraficante.
 
"En todos estos casos, la Defensoría del Pueblo determinó la vulneración de derechos a la identidad y el debido proceso, para luego lograr la restitución de la libertad. Y desde el 2009, venimos trabajando en modificar la Ley de Errores Judicial y Detenciones Arbitrarias, que no permite la entrega de indemnizaciones", afirmó a la agencia Andina.
 
La funcionaria detalló que solo durante este año se han presentado 6 casos de detención arbitraria por homonimia, en el 2013 hubo 14 casos, mientras que en el 2012 se presentaron 50 casos.
 
En ese sentido, explicó que las únicas medidas a tomar por los perjudicados son acudir a la Fiscalía Suprema de Control Interno y hacer un reclamo o presentar su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para intentar algún resarcimiento.
 
"Lamentablemente, nadie hace un seguimiento de su situación al obtener su libertad, por lo que estos casos terminan sin una respuesta justa para los detenidos. La gente no hace valer sus derechos", agregó Tumialán.
 
Comentó además que el mayor tiempo en prisión de los afectados ha sido de 7 días y recordó el lamentable caso de Fidel Castro Acuña, detenido en Piura por homonimia y quien, ante la impotencia terminó, suicidándose.
 
"Por casos como el de Fidel hacemos una invocación a la Policía Nacional y al Ministerio Público para que respeten la identidad y no se limiten solo al nombre para involucrar a alguien en un proceso sino que verifiquen también rasgos físicos, pero además que la orden de detención tenga suficiencia probatoria".
 
(FIN) LSC/RRC

Publicado: 30/9/2014