La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) informó que iniciará un proceso de investigación a la Universidad Privada San Juan Bautista (UPSJB) por incumplir los requisitos sanitarios para la reactivación de sus actividades académicas presenciales y obligar a los estudiantes a realizarse prueba de descarte covid-19 para acceder a actividades académicas.
Por medio de un comunicado la Sunedu reveló que la UPSJB no se estaría haciendo responsable de proveer a los estudiantes, docentes y personal las facilidades para que cumplan los protocolos necesarios que aseguren la salud e integridad de la comunidad universitaria, inclusive para la aplicación de pruebas de descarte covid-19.
La UPSJB tampoco estaría brindando alternativas de continuidad de estudios a los estudiantes que no pueden cumplir con los requisitos establecidos por la universidad para el ingreso a los talleres o laboratorios o que sean parte de la población vulnerable al covid-19.
La Sunedu recordó que la participación de los estudiantes en los laboratorios y talleres es voluntaria. La obligatoriedad de ciertos requisitos podría contravenir con los derechos de los estudiantes o limitar su acceso al servicio educativo por dificultades en su accesibilidad y disponibilidad.
La dirección de Supervisión de la Sunedu investigará a la UPSJB y por ese motivo le ha solicitado que, en el plazo de tres días hábiles, informe sobre las asignaturas necesarias e indispensables para la continuidad de la formación del servicio remoto, la infraestructura a utilizar y la elaboración de “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo”.
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Sobre el estudio remoto en universidades
La institución aclaró que aún no está autorizada la reactivación de actividades académicas presenciales en las universidades.
El Decreto Supremo N.º 117-2020-PCM que autoriza el uso de laboratorios y talleres de las instituciones de educación superior y Centros de Educación Técnica Productiva (Cetpro) con un aforo máximo equivalente al 50% de su capacidad habitual, solo permitiría a las universidades hacer uso de estos, siempre que sirvan para desarrollar el contenido práctico planificado de los cursos virtuales que se han venido dictando, sean indispensables y necesarios para la continuidad de la formación remota de emergencia.
También indicó que, para la reanudación de las actividades, las instituciones educativas deberán cumplir con los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a covid-19”, aprobados por el Ministerio de Salud (Minsa).
Además, deberán elaborar un plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo y remitirlo al Minsa previo a la reanudación de actividades. Este plan debe estar a disposición de la toda la comunidad universitaria para su conocimiento y debida ejecución.
Derecho de los estudiantes
Las universidades tienen que precisar si están exigiendo la presentación de certificados de descarte covoid-19, si han suscrito convenios con laboratorios, Minsa u otros para garantizar el acceso a la prueba solicitada, e informar sobre los mecanismos que han adoptado para garantizar que los estudiantes puedan tener acceso a dicho procedimiento, en especial los becados o con beneficios económicos.
Asimismo, informarán si ha realizado el mapeo de su población estudiantil, con especial énfasis de aquellos en situación de vulnerabilidad, así como de las alternativas que brindará a quienes no puedan llevar este componente práctico.
Es importante recordar, señala la Sunedu en el comunicado, que en este contexto, las universidades no pueden penalizar a los estudiantes que no cuenten con la capacidad de cumplir con los requisitos establecidos o no estén dispuestos a retornar a actividades presenciales.
La omisión o exceso de funciones de sus autoridades, así como el no cumplimiento del marco legal vigente, son consideradas como infracciones graves en el reglamento de infracciones y sanciones de la Sunedu.
La Sunedu iniciará investigación sobre los casos que sean denunciados a través de su página web institucional -
www.sunedu.gob.pe - y la central telefónica (01) 500-3930.
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(FIN) NDP/ SMS
Published: 7/20/2020