Andina

Poder Judicial revocó prisión preventiva contra empresarios consorciados de Odebrecht

Foto: ANDINA/Vidal Tarqui.

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20:14 | Lima, ene. 19.

La Sala Penal Nacional revocó hoy la orden de prisión preventiva de 18 meses dictada por el juez Richard Concepción Carhuancho contra tres directivos de las empresas peruanas consorciadas con la constructora brasileña Odebrecht, en el marco del caso Lava Jato.

En virtud a esa decisión, los empresarios Fernando Camet Piccone, representante de la empresa JJ Camet; y José Castillo Dibós, de ICCGSA; que habían sido encarcelados por decisión del mencionado juez, recuperarán su libertad.

En el caso de Gonzalo Ferraro Rey, a quien por su estado de salud se le impuso prisión domiciliaria, la Sala Penal resolvió levantar esa medida restrictiva y devolverle la libertad completa.

Sobre los tres empresarios, la Sala Penal Nacional dictó orden de comparecencia simple al considerar que no estaba comprobado su responsabilidad en la comisión de los delitos de colusión y lavado de activos.



El juez Carhuancho había declarado fundado el pedido del Ministerio Público contra los tres empresarios y decidió la prisión preventiva el 4 de diciembre del año pasado, en el marco de la investigación del caso Odebrecht.

La medida se tomó al considerar el juez que estos empresarios habían participado en los presuntos sobornos que la empresa Odebrecht pagó al expresidente Alejandro Toledo Manrique para ganar la concesión de los tramos 2 y 3 de la carretera Interoceánica Sur.

La decisión de revocar la prisión preventiva fue tomada por mayoría: los magistrados Torres Muñoz y Carcausto Calla votaron a favor de liberar a los empresarios, mientras que la jueza Condori Fernández, votó a favor de mantener la decisión del juez Carhuancho.

El 4 de diciembre del año pasado, el juez Carhuancho también dicto prisión preventiva contra los empresarios José Graña Miró Quesada y Hernando Graña Acuña. Ambos también apelaron, pero el Poder Judicial desestimó el pedido, por lo cual presentaron un recurso de queja, el mismo que hasta el momento no es abordado.



Published: 1/19/2018