Andina

Poder Judicial evita pago a empresas ligadas al “Club de la Construcción”

Corte Suprema rechazó recursos que buscaban revocar sentencias que anularon laudos arbitrales

Sede del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). ANDINA/archivo

Sede del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). ANDINA/archivo

22:35 | Lima, ago. 3.

La Sala Civil Transitoria declaró infundado e improcedente recursos de casación de constructoras vinculadas al “Club de la Construcción” que pretendían que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) les pague más de 5 millones de soles.

El MTC explicó que la sentencia de la Sala Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, del 28 de marzo de 2018, que anuló el laudo arbitral del 7 de junio de 2017 que obligaba al MTC abonar 4 millones 297,028 soles al Consorcio Vial San Marcos por gastos generales en la obra “Mejoramiento de la carretera San Marcos-Cajabamba”, fue declarada firme por la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema. 

Ello se produjo luego de que la mencionada sala suprema declaró infundado el recurso de casación interpuesto por el citado consorcio, integrado por las empresas Altesa Contratistas Generales y Obras de Ingeniería, ambas investigadas por el caso del “Club de la Construcción”, con el objetivo de revocar la sentencia de la sala comercial que había dado la razón al recurso presentado por la Procuraduría Pública del MTC para anular el ya citado laudo arbitral. 

De igual modo, la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema declaró improcedente el recurso de casación que interpuso la investigada constructora Queiroz Galvao contra la sentencia de la Sala Comercial de la Corte Superior de Lima, del 8 de julio de 2019, que declaró fundado el recurso de anulación presentado por la Procuraduría del MTC y anuló el laudo arbitral  del 18 de julio del 2017 que exigía pagar 890,388 soles a la mencionada constructora  por gastos en la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Yauri–Negromayo–Imata, Tramo: Dv. Imata–Oscollo–Negromayo.”

Cabe señalar que, los recursos de anulación presentados por la Procuraduría Pública del MTC en ambos casos, tuvieron por objeto denunciar que los árbitros se habían pronunciado sobre materias que no eran susceptibles de arbitraje; es decir, sobre las cuales no tenían competencia.

El Procurador Público del MTC, David Ortiz Gaspar, señaló que los resultados judiciales que se han obtenido “son de mucha importancia para los intereses del Estado, toda vez que, los pronunciamientos de la Corte Suprema, que desestiman los recursos de casación interpuestos por los contratistas, no solo confirman nuestros argumentos que fueron estimados en primera instancia, sino además, los criterios de arbitrabilidad en contratación pública que se recogen y se consolidan a nivel jurisprudencial”.

El procurador agregó que “es un logro que beneficia al Estado, pues evita la disposición de fondos públicos para el pago de conceptos que exceden el marco legal, dinero que ahora será destinado a la inversión en los proyectos de infraestructura que el sector implementa en beneficio de los peruanos”.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones indicó que de esta manera ratifica su compromiso de luchar frontalmente contra la corrupción.

Más en Andina:


(FIN) NDP / MDV

Published: 8/3/2021