* Andina, información oficial sobre el coronavirusEl Ministerio de Salud (Minsa) aprobó hoy, mediante Resolución Ministerial N°221-2020-MINSA, una serie de modificaciones a la Guía Técnica de Atención de Viajeros que ingresan y salen del país con sospecha de infección por covid-19.
La norma, publicada en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, modifica el artículo 1 de la Resolución Ministerial N°154-2020-MINSA, referido a la Guía Técnica de Atención de Viajeros que ingresan y salen del País con sospecha de infección por covid-19.
Asimismo, modifica el Punto II de la Guía Técnica en relación con su objetivo: “Establecer los procedimientos para la atención a los viajeros que llegan del extranjero con sospecha de COVID-19 y para su desplazamiento durante la vigencia de la emergencia sanitaria a nivel nacional declarada por el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA.”
El artículo 3 de la norma incorpora un último ítem al subnumeral 6.1.3 del numeral 6.1 del Punto VI de la Guía Técnica, en cuanto a las disposiciones específicas sobre los procedimientos para la atención de viajeros en los puntos de ingreso internacionales.
En ese sentido, establece procedimientos en el lugar de cuarentena o aislamiento temporal.
“Las personas que se encuentran en cuarentena en los establecimientos de hospedaje, y sean diagnosticadas como positivos asintomáticos y/o casos leves de covid-19, previa autorización de la autoridad sanitaria, continuarán con la cuarentena en la misma ciudad, pudiendo llevarla a cabo en su domicilio, lugar de residencia, centros de aislamiento temporal o establecimientos de hospedaje de su elección, asumiendo directamente el costo en este último caso”, precisa la norma publicada hoy.
La autoridad sanitaria realizará el seguimiento de cada uno de los casos, hasta que se produzca el alta. El traslado de las personas se realiza con el monitoreo del grupo de trabajo denominado “Te Cuido Perú”, añade.
En caso fueran diagnosticadas como positivos casos moderados/grave, previa comunicación a la autoridad sanitaria, serán trasladados a los establecimientos de salud designados para tal fin. “Su traslado será realizado por el servicio de ambulancias disponible en la región de acuerdo a su proveedor de Salud”, explica la norma.
Por último, si fueran diagnosticadas como negativos, previa autorización de la autoridad sanitaria, continuarán con el aislamiento social obligatorio en su domicilio, lugar de residencia, centros de aislamiento temporal o establecimientos de hospedaje de su elección, asumiendo directamente el costo en este último caso.
El traslado de las personas se realiza por cuenta propia. En aquellos casos donde no tengan domicilio habitual en la ciudad donde cumplen la cuarentena, se realizará en el lugar de su elección dentro dicha ciudad o, de ser el caso, conforme con las disposiciones establecidas en la Resolución Ministerial Nº 097-2020-PCM, detalla la Resolución Ministerial N°221-2020-MINSA.
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(FIN) CCH
Published: 4/23/2020