La Junta Nacional de Justicia (JNJ) estará constituida por siete miembros titulares seleccionados por concurso público de méritos efectuado por una comisión especial presidida por el defensor del Pueblo.
De acuerdo con la ley de reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la JNJ, aprobada vía referéndum y oficializada hoy por el Poder Ejecutivo en Normas Legales, los integrantes de la junta tendrán un periodo de cinco años, sin posibilidad de reelegirse.
La norma detalla que junto al defensor lo acompañarán en la comisión especial, (del concurso público para elegir a los integrantes de la JNJ), los presidentes del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, así como del fiscal de la Nación, el contralor y dos rectores, representantes de las universidades públicas y privadas.
Esta comisión debe instalarse a convocatoria del defensor, seis meses antes del vencimiento del mandato de los miembros de la JNJ y cesa con la juramentación de los miembros elegidos.
La selección de los miembros es realizada a través de un procedimiento de acuerdo a ley, para lo cual, la Comisión Especial cuenta con el apoyo de una Secretaría Técnica Especializada.
El procedimiento brinda las garantías de probidad, imparcialidad, publicidad y transparencia, agrega la norma.
Para ser miembro de la JNJ se requiere: ser peruano de nacimiento, mayor de 45 años, y menor de 75 años, abogado de profesión con experiencia profesional no menor de 25 años; o, haber ejercido la cátedra universitaria por no menos de veinticinco 25 años.
Asimismo, haber ejercido la labor de investigador en materia jurídica por lo menos durante 15 años, no tener sentencia condenatoria firme por delito doloso y tener reconocida trayectoria profesional y solvencia e idoneidad moral.
El presidente Martín Vizcarra y el jefe del Gabinete Ministerial, César Villanueva refrendan la presente ley.
(FIN) CVC
JRA
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Published: 1/10/2019