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José Luis Lecaros plantea el 4% del presupuesto nacional para el Poder Judicial

ANDINA/Difusión

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18:38 | Lima, jun. 17.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Luis Lecaros Cornejo, expresó hoy la necesidad de que el Poder Judicial cuente con recursos equivalentes a no menos del 4% del presupuesto nacional para desarrollar un servicio célere y eficiente cada año.

El magistrado sustentó ante la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República la propuesta presentada por su institución que modifica el artículo 145 de la Carta Magna para que se designe el porcentaje antes señalado para la administración de justicia.

El proyecto de ley 1745 se presentó en el 2017 y nadie puede negar que la sostenibilidad de la autonomía judicial y, sobre todo, de la independencia jurisdiccional depende mucho de los recursos económicos que se den a este poder del Estado”, afirmó.

Lecaros justificó que se pida el límite mínimo del 4% porque la conflictividad ha subido proporcionalmente al aumento de la población en el país, sin embargo, el presupuesto del Poder Judicial no se ha elevado en la misma proporción.

Infraestructura


El presidente de la Corte Suprema de Justicia admitió también que “por todos es conocido que la infraestructura judicial en el país es pésima. Hay sedes judiciales como la de Amazonas que está declarada inhabitable por Defensa Civil y no tenemos dinero para construir una nueva”.

“No hay recursos ni para alquilar y, en muchos lugares, no hay locales apropiados para arrendar y se tiene que estar habilitando viviendas, hoteles que tienen pasadizos muy estrechos y eso, incluso, pone en peligro no sólo al personal judicial sino también a los usuarios”, alertó.

Lecaros mencionó también la necesidad de poner en práctica el expediente digital en el Poder Judicial y las comunicaciones remotas que se están usando en estas épocas de pandemia, “pero los servidores que contamos no son suficientes para soportar estas plataformas”. 

En su exposición, el magistrado refirió que estos índices fijos de asignación para poderes judiciales ya se encuentran establecidos en las constituciones de otros países.

Así, por ejemplo, en Costa Rica se determina un presupuesto de no menos de 6% de los recursos recaudados; en Honduras, el 3%; en Nicaragua, no menor del 4%; en Paraguay, 3%; y en Argentina, 3.5%, entre otros.

Lecaros precisó también que el índice de 4% planteado en el proyecto de ley se basa en los presupuestos que su institución presentó en los últimos años. Pero, lamentó que el Ministerio de Economía y Finanzas lo haya reducido a 1.6% como el correspondiente al 2020, por ejemplo.

(FIN) PBQ/FHG
JRA


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Published: 6/17/2020