La Comisión de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en Cusco (ORI Cusco), a través de su Secretaría Técnica, inició un proceso administrativo sancionador (PAS) contra la Empresa de Transporte Expreso Internacional Palomino.
Este procedimiento se debe a que la citada empresa habría expuesto a riesgo injustificado a la seguridad de los pasajeros que viajaban en el ómnibus de placa C8D-957, el mismo que sufrió un accidente en la
carretera interoceánica Cusco – Madre de Dios.
La Secretaría Técnica de la Comisión de la ORI-Cusco consideró que existen indicios razonables de que la empresa habría vulnerado el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que establece que “los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes”.
Esta decisión se fundamenta en la investigación realizada por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF) del
Indecopi, que concluyó que ameritaba el inicio de un PAS pues, de acuerdo a la información recabada, el conductor habría ignorado las señales de tránsito que le indicaban reducir su velocidad, incumpliendo así su deber de cuidado y prevención en la circulación. Además, no habría realizado el relevo de conductor correspondiente.
Como es de conocimiento público, el accidente se produjo el 01 de octubre pasado, resultando 28 pasajeros heridos y 21 fallecidos.
De inmediato, la ORI-Cusco, en coordinación con la GSF activó el respectivo protocolo de emergencia en defensa de los derechos de los consumidores afectados y se dio inicio a una investigación que involucró inspecciones, requerimientos de información tanto a la empresa investigada, a la aseguradora y a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (
Sutran) a fin de dar a conocer todos los detalles relacionados al hecho y al servicio brindado por este proveedor.
La empresa de transporte cuenta con un plazo de cinco días hábiles para presentar sus descargos, luego de haber sido notificada con la resolución de inicio de PAS.
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(FIN) MMG
Published: 12/9/2019