El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró no ha lugar a la exclusión de la candidata a la presidencia de la República, por la organización política Juntos por el Perú, Verónika Mendoza.
En la Resolución Nº 00226-2021-JEE-LIC1/JNE, se indica que tras el análisis de los hechos materia del pedido de exclusión, se colige que no habría omisión de información o incorporación de información falsa en la Declaración Jurada de la Hoja de Vida.
Según detalló, el inmueble que se aduce que no habría sido declarado no figura a nombre de la candidata, tal como consta en la Sunarp.
De otro lado, en referencia a que la candidata reside en París-Francia y en Lima, como señala el denunciante Samuel Hurtado Acero, el JEE señaló que la Ley Orgánica de Elecciones establece que uno de los requisitos para ser candidato al cargo de presidente o vicepresidente es ser peruano de nacimiento.
Subraya que no es relevante el lugar donde domicilie la candidata, toda vez que la circunscripción a la que postula comprende un distrito electoral único (ámbito nacional).
El JEE exhortó al ciudadano Samuel Acero Hurtado a que en lo sucesivo sea más diligente al momento de formular sus denuncias ante dicha instancia.
(FIN) JCB/VVS
JRA
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Published: 1/20/2021