El pleno del Congreso aprobó anoche por unanimidad el texto sustitutorio del dictamen que establece pena de 4 a 8 años de prisión para quienes activen en forma ilegal líneas de servicios móviles sin consentimiento del titular o con información falsa.
Asimismo, la norma establece una condena no menor de cinco ni mayor de nueve años de prisión para el que provea, comercialice o facilite la adquisición de una SIM card u otro medio activado ilegalmente, asociado a una línea de servicio móvil.
“Si el agente adquiere o posee el SIM card u otro medio activado ilegalmente que esté asociado a una línea de servicio móvil, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años”, señala el texto sustitutorio.
También se dispone prisión no menor de un año ni mayor de cuatro para el que ofrezca, promocione, comercialice o realice contrataciones de servicios móviles en forma ambulatoria o en la vía pública, salvo aquellos casos que la norma establece.
El nuevo texto sustitutorio del dictamen fue aprobado en el pleno del Congreso con 104 votos. Modifica la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, y el Código Penal, Decreto Legislativo 635, respecto a la activación ilegal de líneas de servicios móviles y a la posesión ilegal de SIM card.
La norma, aprobada en el pleno el 10 de abril del presente año, fue observada por el Ejecutivo el 13 de mayo último.
(FIN) FHG/CVC
GRM
Más en Andina:
Published: 8/21/2025