Andina

Transacciones virtuales y servicio de delivery podrán realizarse durante cuarentena

Operaciones se efectuarán en los cuatro niveles de alerta

ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

ANDINA/Jhonel Rodríguez Robles

10:27 | Lima, ene. 27.

Las transacciones por medios virtuales y entregas a domicilio (delivery) se podrán realizar en las actividades económicas establecidas en los cuatro niveles de alerta establecidos por el Gobierno para reducir la propagación del covid-19 en el Perú.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, los establecimientos comerciales deben cerrar dos horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción del nivel de alerta extremo, donde cerrarán como máximo a las 18:00 horas. 

La norma establece cuatro niveles de alerta (moderado, alto, muy alto y extremo), para los cuales se han fijado actividades económicas diferenciadas.

En el nivel de alerta moderado, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados tendrá un aforo de 40%; mientras que las artes escénicas en espacios abiertos contarán con un aforo de 60%.

Los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados podrán funcionar con un aforo de 50%. Al igual que las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias.




El aforo para los restaurantes y afines en zonas internas es del 60%; para los restaurantes y afines en zonas al aire libre es del 70%; para los templos y lugares de culto es del 30%; para las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos es del 60% y para las actividades de clubes y asociaciones deportivas, bancos y otras entidades financieras el aforo permitido es del 50%.

En el caso del nivel de alerta alta (Piura, Loreto, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Ucayali y Madre de Dios), los aforos para casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas en espacios cerrados es del 30%; para las artes escénicas en espacios abiertos es de 50%; para los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento.

En las tiendas en general y conglomerados el aforo es del 40%; para las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias es del 50%. 

Asimismo, el aforo para restaurantes y afines en zonas internas es del 50%; para restaurantes y afines en zonas al aire libre es del 60%; para templos y lugares de culto es del 20%; para bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías.

En el caso de jardines botánicos y zoológicos el aforo es del 50%; para actividades de clubes y asociaciones deportivas es del 40% y para bancos y otras entidades financieras es del 50%.


Zonas de mayor contagio

En el nivel de alerta muy alta (Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna),  establece un aforo de 0% para casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos) y del 20% para centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados.

Se fija un aforo del 50% para tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias.

Asimismo, un aforo de 0% para restaurantes y afines en zonas internas y de 30% para restaurantes y afines en zonas al aire libre; un aforo de 0% también para templos y lugares de culto; bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos y actividades de clubes y asociaciones deportivas.

El aforo para bancos y otras entidades financieras será del 50%, así como también para el transporte interprovincial terrestre de pasajeros.

Para el nivel de alerta extremo (Lima, el Callao, Ancash, Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac), los aforos para casinos y tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos) será de 0%, al igual que para centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados.

También dispone un aforo de 0% también se aplicará a los restaurantes y afines (zonas internas o al aire libre); templos y lugares de culto; Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, jardines botánicos y zoológicos; actividades de clubes y asociaciones deportivas; peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillajes y otros afines; y enseñanza deportiva y cultural.

Para las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias el aforo será de 40%, lo mismo se aplica a los bancos y otras entidades financieras.

En este nivel queda terminantemente prohibido el transporte interprovincial de pasajeros (aéreo y terrestre), excepto en los vuelos que aterrizan y despegan de la Provincia Constitucional del Callao, cuya regulación será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Las actividades económicas no contempladas en la norma y sus aforos, se rigen según lo establecido en las fases de la reanudación de actividades económicas vigentes.


Inmovilización

Del mismo modo, la norma establece los horarios de inmovilización de acuerdo con los niveles de alerta. Así, en el Nivel de alerta moderado la inmovilización será desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas; en el nivel de alerta alto será desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas.

En el nivel de alerta muy alto, la inmovilización regirá desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas y en el caso de 
Nivel de Alerta Extremo la inmovilización va desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas.



Más en Andina:


(FIN) VLA/SDD


Published: 1/27/2021