El Equipo Especial del Ministerio Público descartó que el requerimiento de extradición de Alejandro Toledo, presentado al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional el pasado 29 de diciembre, haya sido devuelto por dicho órgano jurisdiccional.
La Fiscalía informó que recibió la solicitud del juzgado respecto a algunas precisiones que permitan continuar con el procedimiento que debe culminar en el Perú con una resolución de la Corte Suprema, luego de que el juez eleve su requerimiento a dicha instancia.
En un comunicado aseguró que se ha cumplido en estricto con las normas del
Código Procesal Penal, al acompañar el
requerimiento del 29 de diciembre con todos los elementos que exige la norma procesal peruana y el tratado de extradición vigente entre Perú y Estados Unidos.
No obstante que el Juzgado ha requerido precisiones, algunas de las cuales corresponden a datos que ya constan en el requerimiento, el Equipo Especial es respetuoso del mandato judicial y, en consecuencia, cumplirá con formular las precisiones solicitadas, en aras de no entorpecer el trámite en curso, agregó el Ministerio Público.
Sin embargo, señaló la importancia de subrayar que, de acuerdo con lo establecido por los artículos 525 y 526 del Código Procesal Penal,
es competencia del juez de investigación preparatoria la elaboración de la resolución que contiene el requerimiento de extradición (
cuadernillo de extradición) que deberá ser elevado a la Corte Suprema de Justicia y, luego, remitido a las autoridades extranjeras competentes.
Para tal cometido, la Fiscalía ha proveído oportunamente de todos los elementos (fácticos y jurídicos) al juzgado, lo que incluye los hechos objeto de imputación, su calificación legal, la pena conminada, la prueba de los delitos imputados, entre otros.
Adicionalmente, el Equipo Especial seguirá contribuyendo con el órgano jurisdiccional en la tarea de continuar con el trámite de la extradición actualmente en curso, remarcó el Ministerio Público.
(FIN) NDP/VVS/CCR
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Published: 2/7/2018