Evaluación será estricta para recursos de reconsideración de formalización minera

Plazo para presentarlos vence el 21 de julio de este año

Ministro de Energía y Minas, Jorge Montero. ANDINA/Difusión

Ministro de Energía y Minas, Jorge Montero. ANDINA/Difusión

19:12 | Lima, jul. 16.

El ministro de Energía y Minas, Jorge Luis Montero, señaló hoy que la evaluación para los recursos de reconsideración de quienes quedaron excluidos del Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), será estricta y vence este 21 de julio del presente año.

Así lo manifestó en conferencia tras la realización del Consejo de Ministros en Palacio de Gobierno.

Refirió que 50,565 registros han sido excluidos del REINFO por no tener actividad minera registrada durante cuatro años o más y también por no tener su documentación al día.  

“Todos esos registros 50,565 han sido excluidos en un acto administrativo por resolución directoral, como todo acto administrativo, el administrado tiene el derecho a un recurso de reconsideración por norma”, dijo. 

“Ese es el artículo 218 del texto único ordenado de la ley 27444, ley de procedimiento administrativo general del año 2019”, precisó.

Explicó que la norma indica que todo administrado tiene derecho al recurso de reconsideración durante los siguientes 15 días hábiles después de que la norma entró en funcionamiento o entró en acción.

“Por lo tanto, eso se va a respetar, esos 15 días hábiles se cumplen el lunes el 21 de julio. Ese es el derecho que les asiste a los registros que consideren que han sido vulnerados por alguna razón en sus derechos”, indicó. 

“Sus reconsideraciones serán evaluadas técnicamente, porque una reconsideración no implica que sea restituido en el registro”, afirmó. 

El titular del Ministerio de Energía y Minas (MInem), señaló que en una reconsideración, el solicitante tiene que demostrar que hizo algo correcto y no fue considerado.

“Tienes que demostrarlo fehacientemente con documentos y con pruebas. Si logras demostrar que has hecho lo correcto y no ha sido considerado por alguna razón, entonces tu proceso de reconsideración puede ser tomado en cuenta, pero si no lo haces, el proceso de reconsideración queda denegado inmediatamente porque no hay pruebas que lo justifiquen y que lo validen”, explicó.

“Quiero ser claro en eso. Estamos respetando los derechos de los peruanos conforme a normas emitidas en leyes vigentes hace muchos años”, agregó.

El ministro Jorge Montero, indicó que el sector público tiene 30 días para responder al recurso de reconsideración y una vez que pasa ese tiempo se emite una resolución un acto por el cual se da por aceptada o no la reconsideración en base a pruebas y hechos concretos.

“Las evaluaciones son estrictas porque se trata de evaluar pruebas irrefutables de que ha habido alguna consideración que debe ser tomada en cuenta, son evaluaciones estrictas como corresponde”, puntualizó.

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JRA


Published: 7/16/2025