El proyecto de Ley del nuevo Sistema Previsional Peruano, presentada por el Poder Ejecutivo busca que todos los peruanos, de manera progresiva, puedan acceder a la seguridad social en pensiones, lo que significa que ningún peruano se quede sin poder contar con una pensión que le permita cubrir sus principales necesidades al culminar su etapa laboral.
Durante su presentación ante la Comisión de Economía, Banca e Inteligencia Financiera, a donde acudió a sustentar el proyecto de ley que propone crear un nuevo Sistema Previsional Peruano, el ministro de Economía y Finanzas, Alex Alonso Contreras Miranda, indicó que el esquema previsional propuesto integra los actuales sistemas público y privado, con una orientación inclusiva e igualitaria a fin de que todos los peruanos accedan al beneficio de una pensión.
Detalló que cada persona al cumplir 18 años elegirá de manera informada el sistema de su preferencia, sea el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y podrá transitar entre ambos, de ser el caso, con flexibilidad durante su vida laboral.
El titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) remarcó que esta es una propuesta fiscalmente sostenible, que beneficiará, en 10 años, a más de 5 millones de personas.
“La propuesta garantiza una pensión mínima o una pensión proporcional especial para los afiliados que se encuentre en el Sistema Privado de Pensiones y que no cuenten con los recursos suficientes, en ese caso, recibirán un complemento público para contar con una pensión”, resaltó.
Para los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones, se propone un aumento de 20% de la pensión mínima, que ascendería a 600 soles.
Con la propuesta se busca, además, garantizar protección económica para todos los peruanos en la última etapa de vida. Así, todos los mayores de 65 tendrán acceso a una pensión contributiva o progresivamente a una pensión no contributiva.
Entre otros beneficios, también se busca incentivar el ahorro voluntario, con esquemas flexibles. Todas las personas podrán realizar aportes voluntarios en cualquier momento, y con cualquier monto, utilizando medios digitales.
Pilares del nuevo Sistema
El ministro Alex Contreras explicó que el nuevo Sistema Previsional Peruano consta de cuatro pilares, que se complementan y articulan, a fin de cumplir con los objetivos a fin de garantizar la protección económica para todos al culminar la etapa laboral.
La estructura presentada este proyecto de ley se compone de los siguientes pilares:
•Pilar No Contributivo, orientado para que todas las personas en condición de pobreza y pobreza extrema (incluyendo aquellos con discapacidades severas y otros grupos poblaciones vulnerables) tengan asegurada una subvención económica en el momento de la jubilación, mediante una cobertura asistencial (pensión no contributiva).
•Pilar Semicontributivo, donde se garantizará el acceso a una pensión mínima o proporcional especial para los afiliados al Sistema (público y privado), incluyendo la posibilidad de contar con aportes extraordinarios del Tesoro Público previo cumplimiento de requisitos específicos.
En este pilar se reconoce la problemática de muchos pensionistas, quienes a la fecha no reciben una pensión suficiente para atender sus principales necesidades.
•Pilar Contributivo, compuesto por los afiliados que actualmente aportan. En este pilar se considerarán a todos los ciudadanos a partir de los 18 años de edad (mediante la afiliación automática con posibilidad de traspaso), a los trabajadores independientes y a los informales.
Las medidas que se adopten en este pilar se orientarán a universalizar el sistema, y a propiciar la competencia mediante el acceso de bancos y otras entidades financieras a la administración de los fondos privados de pensiones.
•Pilar Voluntario, que es transversal y complementario al sistema, y tiene como objetivo flexibilizar y diversificar las opciones de aporte que los afiliados.
Se podrá efectuar aportes con fin previsional en cualquier momento y, adicionalmente, el Estado como un mecanismo de incentivo al ahorro puede asignar un monto equivalente al aporte voluntario.
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(FIN) NDP / MDV
JRA
Published: 10/31/2023