Andina

Extienden plazo para que facturas electrónicas estén a disposición de la Sunat

Tendrán cuatro días para que también lo pongan a disposición de clientes

Foto: ANDINA/difusión.

Foto: ANDINA/difusión.

08:10 | Lima, may. 27.

El Poder Ejecutivo emitió hoy un decreto de urgencia que extiende el plazo para que las empresas tengan hasta cuatro días para poner a disposición del cliente y la Sunat la factura o el recibo por honorario electrónico.

Mediante Decreto de Urgencia 050-2021, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establecen medidas para la puesta a disposición de la factura y recibos por honorarios electrónicos, durante la pandemia, entre el adquirente del bien, o usuario del servicio, y la Sunat.

La norma tiene como finalidad que los emisores cuenten con un plazo más amplio y flexible; mientras realizan las modificaciones operativas y de sistemas correspondientes para adecuarse al plazo de dos días, dispuesto por el Decreto de Urgencia 013-2020, atenuando su situación financiera deteriorada por la pandemia generada por el covid-19.

Por ello, se establece, de manera excepcional, que el plazo máximo establecido en el Decreto de Urgencia 013-2020, respecto a la puesta a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio y de la Sunat la emisión de la factura y recibo por honorarios, es de hasta cuatro días calendario, computados desde ocurrida dicha emisión.

El presente decreto de urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2021.


Más en Andina:



(FIN) CNA/JJN
GRM

Published: 5/27/2021