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OCMA pide destitución de juez de Cañete por falta grave a favor de familiar

Magistrado de San Pedro de Casi realizó trámites carta de notificación de su hijo

ANDINA/Difusión

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07:59 | Lima, jun. 1.

La jefa de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), Mariem De La Rosa Bedriñana, propuso ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), la destitución de Ambrocio Teodoro Ascornao Arenas del cargo de Juez de Paz de San Pedro de Cusi, distrito de Colonia –Pampas, provincia de Yauyos (Región Lima Provincias) de la Corte Superior de Justicia de Cañete.

Las investigaciones realizadas en contra del citado juez, acreditan que pese a no estar facultado por ley para realizar notificaciones que le deleguen otras instituciones públicas o privadas (excepto los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial), efectuó la tramitación de cartas de notificación de su hijo, quien además, era funcionario del municipio de Colonia, incurriendo en falta muy grave.

Otro caso sancionado con la misma propuesta ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, recae en contra del servidor judicial Javier Francisco Tocto Inga, especialista legal del Juzgado de Paz Letrado de la citada Corte de Justicia, al contar con una sentencia condenatoria por la comisión de un delito doloso –contra la administración pública–, (peculado de uso agravado en agravio del Estado), habiendo alcanzado la condición de cosa juzgada, lo cual es causal de destitución.


Dada la gravedad de los hechos verificados, la Jefa de la OCMA dictó para los dos casos antes citados, medidas cautelares de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, hasta que el Órgano de Gobierno del Poder del Estado, resuelva en definitiva sus situaciones jurídicas.

La OCMA es el órgano disciplinario del Poder Judicial con autonomía funcional y competencia nacional que desarrolla actividades de control preventivo, concurrente y posterior respecto de todos los magistrados del Poder Judicial, con excepción de los vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República.

(FIN) NDP/JCB/MAO

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Published: 6/1/2021