16:47 | Chimbote, abr. 28.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi determinó, por unanimidad, que el centro comercial MegaPlaza de Chimbote discriminó a una mujer transgénero al impedir su ingreso a los servicios higiénicos de mujeres sin una razón objetiva y justificada.
Por ello, le impuso una multa de 50 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a 230,000 soles.
Mediante Resolución 0735-2022/SPC-Indecopi, la referida sala indicó que estos hechos vulneraron el artículo 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, afectando la dignidad de la denunciante.
Respeto a la identidad de género
La sala precisó que el acceso a los servicios higiénicos debe respetar la identidad de género de las personas, la cual está reconocida como un derecho fundamental por la Constitución del Perú y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Este criterio, además, es compartido por tribunales de otros países, como Chile y Estados Unidos.
En ese sentido, la sala revocó la decisión de la primera instancia, ya que el Reglamento Nacional de Edificaciones –normativa empleada para sustentar su decisión– es de carácter técnico y regula el diseño y construcción de las edificaciones comerciales, mas no regula el uso de los servicios higiénicos.
“Además, en este caso, el centro comercial no presentó pruebas que acreditaran que el ingreso de personas transgénero a los servicios higiénicos afectara la seguridad, privacidad y tranquilidad de las personas”, agregó el Indecopi, en una nota de prensa.
A través de reiterados pronunciamientos, la Sala continúa promoviendo la defensa y el respeto por los derechos humanos de las personas que conforman la comunidad LGTBI ante diversos actos de discriminación.
Medidas correctivas
A fin de evitar que se repitan este tipo de hechos, la sala ordenó a la empresa cumplir con una serie de medidas correctivas.
En principio, MegaPlaza de Chimbote debe capacitar a su personal en materia de discriminación, haciendo hincapié en la prohibición de discriminación por identidad de género. “Dicha capacitación deberá ser impartida por un tercero especialista en temas de discriminación”.
Además, tendrá que colocar de forma permanente un cartel indicando la prohibición de la discriminación. “Este deberá ubicarse en un lugar visible y cercano a los servicios higiénicos del centro comercial”, detalló la institución.
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(FIN) NDP/CCH
GRM
Published: 4/28/2022