Andina

Títulos profesionales de escuela PNP tendrán igual validez que los de universidades

Foto: ANDINA/Héctor Vinces.

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15:05 | Lima, ene. 4.

Los grados académicos y los títulos profesionales que otorgue a nombre de la Nación la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial tendrán la misma equivalencia que los entregados por las universidades e institutos de nivel superior del sistema educativo del Perú.

Esta es una de las novedades que introduce el Decreto Legislativo 1318, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el cual regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, estableciendo su finalidad y objetivos.

El decreto señala que la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial es el órgano de gestión educativa encargado de organizar, impartir, evaluar y certificar la formación profesional de los estudiantes y personal de la PNP.

"(Esta escuela) está facultada a otorgar a nombre de la Nación los grados académicos y los títulos profesionales equivalentes a los concedidos por las universidades y las escuelas e institutos del nivel superior del sistema educativo, para los oficiales y suboficiales de la Policía Nacional; respectivamente y conforme a su organización interna", precisa la norma.

Para otorgar los grados académicos, títulos y otras certificaciones, las unidades académicas de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial cumplen con los créditos exigidos por la normativa vigente para las universidades y las escuelas e institutos de educación superior, detalla la norma.

En su artículo 3, el decreto señala que el Estado reconoce los programas de formación profesional de pregrado y posgrado y de formación continua que se imparten en las escuelas de la Policía Nacional como parte del nivel superior del sistema educativo nacional.

Asimismo, se indica que la formación profesional policial tiene como principios: investigación e innovación, calidad educativa, meritocracia, desarrollo de competencias pertinentes, mejoramiento continuo, pertenencia y mística institucional y ética profesional.

Son objetivos de la formación profesional policial preparar integralmente, desde su ingreso, a los oficiales y suboficiales; contribuir al cumplimiento de la finalidad, objetivos y metas de la Policía; desarrollar la ciencia policial; promover la investigación e innovación de los contenidos que imparte, y fomentar el establecimiento de relaciones interinstitucionales para el cumplimiento de sus fines y los de la Policía. 

Gestación no es causal de sanción ni retiro

El régimen de los estudiantes de pregrado, sus derechos, obligaciones, infracciones y sanciones se regulan en el reglamento respectivo. Las infracciones para sus alumnos se clasifican en muy graves, graves o leves y las primeras pueden significar la exclusión de la escuela. 

En tanto, el personal de la Policía Nacional del Perú que se encuentre estudiando en las escuelas de posgrado y educación continua se regula por las normas de la carrera policial y su reglamentación interna. 

No obstante, la disposición declara que no puede restringirse o retirarse la condición de estudiante por hechos vinculados a la gestación, paternidad o maternidad; ni pueden ser usados estos como sustento para determinar infracción o sanción. 

Entre las causales de expulsión, separación y baja se hallan causar la muerte o lesiones graves a cualquier persona; agredir u ofender, de manera verbal o física, a cualquier estudiante; acosar física, psicológica y sexualmente de manera reiterada a un estudiante, entre otros.

Se informa, además, que en un plazo de 10 días, contados desde mañana, el Ministerio del Interior, mediante resolución ministerial, constituirá un grupo de trabajo para la elaboración de un plan de modernización de la formación profesional policial.

El decreto legislativo –que lleva las firmas del presidente Pedro Pablo Kuczynski; del jefe del Gabinete, Fernando Zavala, y del titular del Interior, Carlos Basombrío– también detalla cómo pueden acceder a becas los estudiantes que tienen mayor puntaje en el cuadro de méritos, así como el plan curricular, entre otros aspectos.


(FIN) RRC/RRC
GRM

Published: 1/4/2017