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Reconstrucción: transfieren S/ 167.9 millones para financiar 41 intervenciones

Recursos se destinan dos ministerios, cuatro gobiernos regionales y 15 municipalidades

ANDINA/Difusión

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08:15 | Lima, ago. 9.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 167 millones 958,957 soles a favor de dos ministerios, cuatro gobiernos regionales y 15 municipalidades, para financiar 41 intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios.

Mediante Decreto Supremo Nº 257-2019-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó una transferencia de 102 millones 162,328 soles a favor de los ministerios de Salud, y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como para tres gobiernos regionales y 14 municipalidades.

Dicha operación es para financiar 38 intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (Fondes).

El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas se encuentra en los anexos Nº 1: “Transferencia de partidas a favor de pliegos del Gobierno nacional”; Nº 2: “Transferencia de partidas a favor de gobiernos regionales”, y Nº 3: “Transferencia de partidas a favor de gobiernos locales”, los cuales que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del MEF (www.mef.gob.pe).

El titular de los pliegos, habilitados y habilitador, en la transferencia de partidas, aprueba la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia de la norma en mención.

Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 258-2019-EF, el MEF autorizó una transferencia de 65 millones 796,629 soles a favor del Gobierno Regional de Piura y de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra, destinado a financiar tres intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondes.

En ambos casos, los recursos de las transferencias de partidas no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

Además, los pliegos habilitados deben elaborar y proporcionar la información necesaria según el procedimiento que determine la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para la autorización de la correspondiente asignación financiera.


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(FIN) CNA

Published: 8/9/2019