El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), autorizó la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 hasta por 4,000 millones 779,000 soles a favor de la Reserva de Contingencia del MEF.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 161-2021-EF, publicado en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales, estos recursos se utilizarán en el desarrollo de medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la atención de acciones en el marco de la Emergencia Sanitaria y para minimizar los efectos económicos derivados de la pandemia ocasionada por la pandemia del covid-19.
Cabe precisar que el MEF está autorizado para concertar operaciones de endeudamiento y financiamientos contingentes con organismos multilaterales y agencias oficiales, destinadas a la atención de las demandas de gasto de capital y gasto corriente no permanente, los cuales contemplan todo gasto que se realice en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el covid-19.
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Esto incluye el proceso de adquisición, distribución y aplicación de las vacunas contra la enfermedad; así como la atención de eventuales indemnizaciones.
De este total, corresponde hasta por 2,655 millones de soles a los recursos provenientes del Decreto Supremo Nº 121- 2021-EF; que aprueba una operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF); y hasta 2,124 millones de soles a los recursos provenientes del Decreto Supremo Nº 142-2021-EF; mediante el cual se aprobó un préstamo contingente con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Para la PCM
Asimismo, El MEF autorizó una transferencia hasta por ocho millones 780,729 soles a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), para la implementación de acciones relacionadas con la devolución de fondos del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 160-2021-EF, publicado en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales, estos recursos se destinarán a la implementación de lo establecido en la Ley N° 31173, Ley que garantiza el cumplimiento de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia del covid-19.
Según la norma, el titular del pliego habilitador y habilitado en esta transferencia aprueba la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Los recursos de la Transferencia establecida en este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
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(FIN) VLA