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¿Trabajas con empresas extranjeras? evita problemas con Sunat

A partir del 1 de enero de 2019 se deberá pagar retenciones por servicios

ANDINA/archivo

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05:00 | Lima, nov. 15.

Recientemente fue emitido el Decreto Legislativo 1369, a través del cual el gobierno establece nuevas reglas tributarias aplicables a operaciones con empresas del exterior.

Específicamente, se modificaron las retenciones del impuesto a la renta y se establecieron requisitos adicionales para que las empresas peruanas deduzcan gastos.

Es así que, a partir del 1 de enero del 2019, las empresas peruanas que realicen operaciones en otros países sólo se verán obligadas a pagar las retenciones tributarias, cuando se cubra el precio de los servicios, y ya no con el sólo registro contable del gasto. 

Esta medida es positiva, pues las empresas ya no correrán el riesgo de ser sancionadas por la Sunat bajo el argumento de que debían pagar la retención tributaria al momento de efectuar la provisión contable”, explica el consultor de MC Asesores de Negocios, Renzo Medina.



Para manejar esta nueva situación, y evitar problemas con la Sunat, MC brinda los siguientes consejos:

1) Identificar operaciones: 


Es preciso que las empresas peruanas que se relacionen con proveedores del exterior tengan identificadas las operaciones que realicen, en función a su naturaleza. 


2) Pagar oportunamente:


Las facturas de servicios del exterior, sólo podrán deducirse en la medida que se paguen dentro del año y del plazo para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta anual.


3) Control ordenado: 


Las facturas del exterior que no son pagadas dentro del año o, como máximo, hasta la fecha de vencimiento de la Declaración Jurada anual, podrán diferirse hacia años siguientes, y deducirse en la oportunidad en que éstas se paguen.


4) Asesórese:


Con las recientes modificaciones tributarias, el tratamiento de operaciones con personas y empresas del exterior, así como la dinámica para la deducción de sus gastos, se ha tornado más compleja.

En tal sentido, las empresas peruanas deberán buscar el respaldo tributario adecuado para no incurrir en incumplimientos o generar contingencias para las empresas.

“Hay que recordar que la internacionalización de las empresas peruanas es un fenómeno que se presenta con cada vez más frecuencia”, indicó Medina. 

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(FIN) MDV / JJN 

Publicado: 15/11/2018