Andina

SBS posterga entrada en vigencia nuevo reglamento de tarjeta de crédito y débito

Iniciará el 1 de enero del 2021

ANDINA/Luis Iparraguirre

ANDINA/Luis Iparraguirre

08:25 | Lima, abr. 8.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), modificó la Resolución SBS N° 5570-2019 que establecía nuevas reglas para el manejo de tarjetas de crédito y débito, con lo cual posterga su entrada en vigencia hasta el 1 de enero del 2021.

La Resolución SBS N° 1278-2020 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, modifica el Artículo Décimo Segundo con lo cual establece la entrada en vigencia el 1 de enero de 2021.

El anterior texto habla de un inicio de la norma a 360 días calendario de la publicación de resolución (28 de noviembre del 2019), es decir, en noviembre del 2020.

"Las modificaciones introducidas por la mencionada resolución al Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito tienen el objetivo de reforzar las medidas de seguridad y resguardar los derechos de los usuarios de las tarjetas de crédito y débito, procurando que las empresas tengan una adecuada conducta de mercado", señala la norma.

"Para tal efecto, se disponen entre otros aspectos, determinados mandatos vinculados a la contratación de financiamientos adicionales asociados a las tarjetas de crédito", agrega.

Nuevo reglamento


Cabe recordar que tras publicada la resolución el superintendente adjunto de Banca y Microfinanzas de la SBS, Jorge Mogrovejo, explicó a la Agencia Andina que la modificación del Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito permitirá la emisión de dichos instrumentos de pago de manera electrónica, y no solo en tarjetas de plástico.

“Esta modificación normativa abre la puerta para que la tarjeta de crédito pueda ser puramente electrónica (con códigos QR), apartándonos del plástico tradicional”, dijo durante en el Cade Ejecutivos 2019.

“Básicamente lo que hace la norma, en el tema de la definición de tarjeta de crédito es que es un instrumento de pago que puede tener un soporte físico o una representación electrónica”, agregó.

Sostuvo que otra de las modificaciones se refiere a que, en ausencia de regulación, algunos bancos otorgaban una línea de crédito en cuotas que iba adosada a la tarjeta de crédito.

“Esa línea se reportaba conjuntamente con el crédito de la tarjeta, pero lo que la norma busca ahora es que esto sea registrado de manera separada, porque antes se reportaba esa línea paralela, que era un crédito en cuotas, como si fuera disposición de efectivo de la tarjeta, lo cual no lo es. Esto le da más transparencia y hace que el banco registre la operación como debe ser”, dijo.


Tarjetas innominadas


El funcionario de la SBS también señaló que la norma permite la existencia de tarjetas innominadas, es decir, que no se ponga el nombre del titular en el plástico.

“Muchos clientes alegaban que preferían que su nombre no aparezca en la tarjeta de crédito, y eso es práctica en otros países. Recuerden que acá en Perú uno entrega el DNI junto con la tarjeta de crédito para poder acreditar que uno es dueño de la tarjeta”, explicó.

“Con la tarjeta innominada que ahora dispone la norma, se permite que haya otro mecanismo de identificación, que sería un PIN, como pasa con la tarjeta de débito, lo cual a muchas personas les parece más seguro, porque no aparece su nombre en la tarjeta y, como saben su PIN, ya no se falsificaría la firma”, añadió.

Por otra parte, Jorge Mogrovejo comentó que en todas partes del mundo siempre hay un porcentaje de fraude, por lo que esta norma busca bajar esa incidencia y que el usuario sea consciente de cómo puede protegerse.

“Por ejemplo, las personas que no usan la tarjeta en el exterior, para que tienen esa capacidad, entonces deben bloquearla. Esto permite que la gente use la tarjeta y no tenga malas experiencias, acá hay un esfuerzo importante del regulador y la industria bancaria en educación financiera”, dijo.

El funcionario de la SBS indicó que la norma también detalla cuáles son los casos en que el cliente tiene la razón, como en la suplantación de usuario en oficinas, clonación, o cuando el cajero funciona defectuosamente.

“Eso no es culpa del cliente, ese cargo será responsabilidad del banco. La gente debe ser consciente que la tarjeta de crédito es un instrumento de pago, y no debe ser una forma de adquirir deuda”, manifestó.


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(FIN) RGP/RGP

Publicado: 8/4/2020