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Gobierno publica "ranking" de los combustibles que más contaminan en el Perú

Índice es uno de los criterios utilizados por el MEF para establecer ISC

Foto: ANDINA/Difusión.

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08:15 | Lima, may. 10.

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del Ambiente, publicó hoy el Decreto Supremo 003-2018-Minam, que aprueba los índices de nocividad de combustibles (INC) para el período 2018-2019.

Este "ranking" fue elaborado en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y tomando en consideración las opiniones del sector público y privado y de la ciudadanía, recogidas durante su prepublicación el 23 de enero de este año, informó el Minam.


Este índice expresa una escala de nocividad de diversos combustibles que se utilizan en el mercado nacional, tomando como base de referencia el combustible más limpio disponible en el país (gas natural). 

Además, considera los contaminantes emitidos por los combustibles según distintas fuentes (vehículos, aviones, calderas, hornos, cocinas, entre otras).

Los INC aprobados aplican a 14 tipos de combustibles utilizados en el sector del transporte, eléctrico, industrial y residencial. Comprenden al gas natural; gas licuado de petróleo; gasoholes de 84, 90, 95, 97 y 98 octanos; diésel de bajo y alto azufre; turbo A1; petróleos industriales y carbones minerales. 

Esto permite establecer un "ranking" de combustibles utilizados en el mercado nacional de acuerdo con su potencial de nocividad, de menor a mayor grado de contaminación.


ÍNDICES DE NOCIVIDAD DE COMBUSTIBLES (INC)

PARA EL PERÍODO 2018-2019

Tipo de combustible

INC

Gas Natural

1.0

Gas Licuado de Petróleo (GLP)

2.5

Gasohol 95/97/98 octanos

5.2

Carbón Antracítico

6.5

Gasohol 90 octanos - S50

7.5

Gasohol 90 octanos

8.1

Diésel B5 - S50

12.2

Carbón Bituminoso

13.3

Diésel B5 - S5000

14.9

Turbo A1

18.3

Petróleo Industrial N.° 6

27.9

Gasohol 84 octanos - S50

30,2

Gasohol 84 octanos

30.8

Petróleo Industrial N.° 500

37.8



Criterio para establecer ISC


De acuerdo con el Minam, este "ranking" es uno de los criterios que utiliza el MEF para establecer el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que grava a los combustibles, incorporando de mejor manera el criterio ambiental y el principio contaminador-pagador, es decir, que los usuarios deberán pagar más impuestos por usar un combustible más contaminante que otro.

Por ejemplo, el uso de diésel con un contenido de azufre por encima de 50 partes por millón (ppm) genera una mayor emisión de material particulado (PM2.5) y otros contaminantes como el dióxido de azufre (SO2) y óxido de nitrógeno (NOx), en comparación con los gasoholes de 95 y 97 octanos, por lo que el ISC al diésel de azufre es 50% mayor que el ISC de los gasoholes mencionados. 
 
De esta manera, señala el Minam, se busca desincentivar el consumo de combustibles más contaminantes y fomentar la sustitución por otros menos contaminantes y el uso de tecnologías más limpias, a fin de lograr disminuir las emisiones, mejorar la calidad del aire y proteger la salud de la población.

El Decreto Supremo 003-2018-Minam fue publicado en la Edición Extraordinaria de la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

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(FIN) NDP/RRC
GRM

Publicado: 10/5/2018