Andina

Reglamento de seguro para pescadores artesanales se publicará este mes

Produce conversa con MEF, empresas pesqueras y hombres del mar para instalar mesa de trabajo sobre pensiones

Pescadores artesanales. Foto: ANDINA/Vidal Tarqui

Pescadores artesanales. Foto: ANDINA/Vidal Tarqui

16:57 | Lima, feb. 22.

El Ministerio de la Producción (Produce) señaló hoy que este mes publicará el reglamento de la Ley 30636, que crea el Seguro Obligatorio de Pescadores Artesanales (SOPA), toda vez que ya fue pre publicado y se encuentra casi listo.

“Esta semana nos reunimos con las empresas aseguradoras y ya tenemos el reglamento de la norma del Seguro Obligatorio de Pescadores Artesanales (SOPA) casi listo, por lo que debe estar publicado este mes”, señaló el viceministro de Pesca y Acuicultura, Héctor Soldi.

El gremio asegurador será quien convoque a las empresas aseguradoras para que ofrezcan el SOPA, comentó en la inauguración del laboratorio especializado en productos hidrobiológicos ubicado en la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH).

Cabe destacar que Produce dispuso, el 23 de setiembre del año pasado, la publicación del proyecto de reglamento de la legislación que crea el SOPA para recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía.

El Ejecutivo promulgó, el 15 de agosto del año pasado, la ley que crea el SOPA para los hombres de mar independientes y tripulantes excluidos de los alcances del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).

Según la Ley 30636, el SOPA actúa a manera de un seguro de accidentes personales y cubre los riesgos de muerte y lesiones corporales que sufran los pescadores artesanales independientes y tripulantes al interior de una embarcación pesquera o fuera de ella, durante la faena de pesca.


Coberturas


El SOPA comprende las siguientes coberturas:

a) Muerte

b) Invalidez permanente

c) Incapacidad temporal

d) Gastos médicos en los que incurra la víctima para la atención de las lesiones que provengan directamente de un accidente en el que haya participado una embarcación pesquera artesanal durante la faena de pesca

e) Gastos de sepelio.

Se establece que el SOPA debe ser contratado por los armadores pesqueros nacionales (personas naturales o jurídicas) que cuenten en sus embarcaciones pesqueras con pescadores artesanales independientes y tripulantes que no se encuentren comprendidos en el SCTR.

Se determina que el SOPA debe ser contratado con las compañías de seguros debidamente autorizadas por la SBS para otorgar cobertura de riesgos en el mercado peruano.

La ley establece que la vigencia del SOPA es de un año, renovable a solicitud del armador pesquero nacional.


Mesa de trabajo


En otro momento, Soldi informó que están en conversaciones con los tripulantes de las embarcaciones industriales, con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y con las empresas pesqueras para instalar una
mesa de trabajo para analizar las pensiones de los hombres del mar. 

“Nos encontramos en conversaciones con el MEF, las empresas pesqueras y los tripulantes de las embarcaciones industriales para instalar una mesa de trabajo y buscar asegurar los fondos de pensiones de estos pescadores”, comentó.


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(FIN) MMG/JJN

Publicado: 22/2/2018