El Ministerio de Cultura detrerminó a protección provisional de diversas zonas arqueológicas del país, con lo cual se inician los trámites para su declaración y delimitación definitiva en el plazo máximo de dos años calendario, prorrogable por dos años más, debidamente sustentado, como Patrimonios Culturales de la Nación.
Esto en base al artículo 21 de la Constitución Política del Perú que establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado (...)”.
A través de 4 resoluciones directorales, publicadas en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, que llevan la firma de la viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, Leslie Urteaga Peña, se declara la protección provisional del Complejo Arqueológico Quebrada de la Vaca o Puerto Inca ubicado en el distrito de Atiquipa, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa (Resolución Directoral Nº 000111-2021-DGPA/MC).
En la Resolución Directoral N° 000110-2021-DGPA/MC se declara la protección del Paisaje Arqueológico Camino Inca: Tramo Cusco - Desaguadero Sección Santa Cruz de Occobamba Norte, ubicado entre los distritos de Checacupe y Cusipata, provincia de Canchis y Quispicanchis, departamento de Cusco.
Asimismo, en Resolución Directoral Directoral Nº 000114-2021-DGPA/MC, se determina la protección provisional del sitio arqueológico Cerro Oyotún-La Gruta, situado en el distrito de Oyotún, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.
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Finalmente, en la Resolución Directoral N° 000112-20231-DGPA/MC se determina la protección provisional del sitio arqueológico Huaca Quiñonez, ubicado en el distrito de Oyotún, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.
Segú la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, al determinarse la protección provisional de los bienes que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, se estructura un régimen especial que “permite realizar los actos conducentes para la protección física, defensa, conservación y protección legal de aquellos bienes no declarados, ni delimitados a la fecha, así como también sobre aquellos que se encuentren declarados pero que carezcan de propuesta de delimitación o se encuentren en proceso de aprobación.
En cada uno de las disposiciones publicadas se señalan las coordenadas correspondientes de los límites de cada complejo arqueológico.
(FIN) JCB/TMC
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Publicado: 15/8/2021