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Minsa aprueba reglamento que fortalece los alcances de la Telesalud

Establecimientos que desarrollan este servicio, deberán registrarse en el Renipress

A la Red Nacional de Telesalud (RNT) se podrán incorporar los servicios privados y mixtos bajo la conducción y evaluación del Minsa. Foto: ANDINA/Minsa

A la Red Nacional de Telesalud (RNT) se podrán incorporar los servicios privados y mixtos bajo la conducción y evaluación del Minsa. Foto: ANDINA/Minsa

23:20 | Lima, ene. 25.

El Ministerio de Salud (Minsa) reglamentó la Ley N°30421, Ley Marco de Telesalud y del Decreto Legislativo N°1490, a fin de continuar con la implementación y desarrollo de los servicios de salud ofrecidos mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y, a su vez, fortalecer su alcance a nivel nacional.

De esta manera, mediante el Decreto Supremo N°005-2021-SA, se establecen disposiciones para la organización, fortalecimiento y sostenibilidad de los servicios de la telemedicina en nuestro país.  
 
El reglamento señala que los establecimientos de salud que desarrollan este servicio, deberán registrarse en el Registro Nacional de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Renipress), y son responsables de la organización y sostenibilidad de los servicios que brindarán, además de incorporar la cartera de servicios que oferta. 
 
También precisa que a la Red Nacional de Telesalud (RNT) se podrán incorporar los servicios privados y mixtos bajo la conducción y evaluación del Minsa. 

A la fecha, son 2,396 establecimientos de salud públicos a nivel nacional que forman parte de la RNT, los cuales utilizan el sistema de información asistencial Teleatiendo para los servicios de telemedicina.   

 
El personal de la salud competente podrá prescribir medicamentos, de ser necesario, a los pacientes de los servicios de teleconsulta, teleinterconsulta y telemonitoreo mediante la receta física o electrónica con la firma manuscrita o digital, cuyas indicaciones enviará al paciente, utilizando las TIC, la que podrá ser dispensada en las farmacias de los establecimientos, públicos, privados y mixtos.

 
De la misma manera, se establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (Iafas) públicas, privadas y mixtas incluyan en los planes de cobertura, el financiamiento de las prestaciones de los servicios de Telesalud

Capacitación de telesalud

 
La Dirección Regional de Salud (Diresa), Gerencia Regional de Salud (Geresa) y Dirección de Redes Integradas de Salud (Diris) deberán incorporar en su Plan de Desarrollo de las Personas las actividades de capacitación de Telesalud, para fortalecer las aptitudes del personal.  Por su parte, el Minsa coordinará con las entidades incluir en la formación de los profesionales, las competencias en la aplicación de los servicios de salud a distancia.

Los servicios de Telesalud se desarrollan en los siguientes ejes: prestación de los servicios de salud (telemedicina), gestión de los servicios de salud (telegestión), información, educación y comunicación a la población sobre los servicios de salud (teleinformación, educación y comunicación), fortalecimiento de capacidades del personal de la salud (telecapacitación) y otros relacionados a la aplicación de las TIC.

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(FIN) NDP/ SMS




Publicado: 25/1/2021