El pleno del Congreso aprobó ayer el dictamen de allanamiento a las observaciones del Poder Ejecutivo para exonerar del impuesto general a las ventas (IGV) a los principales alimentos de la canasta básica familiar. Conoce aquí cuáles son los productos beneficiados.
- Carne de aves de la especie Gallus domesticus (pollo, gallo, gallina) frescos, refrigerados o congelados.
- Huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus
- Azúcar
- Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma.
- Pan
La vigencia de la exoneración del IGV a los mencionados alimentos regirá desde el 1 mayo hasta el 31 de julio del 2022.
El monitoreo de la ley se delega al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Lo dispuesto en la ley es de aplicación a las operaciones de importación o venta de los bienes señalados que se realicen en las zonas comprendidas en la Amazonía a que se refiere la Ley de Promoción de Inversión de la Amazonía.
(FIN) RMCH /CVC
GRM
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Publicado: 13/4/2022