Especialistas del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), liberaron un oso hormiguero, tras ser abandonado en las inmediaciones de una carretera en la provincia de Jaén (Cajamarca), luego que sus captores intentaron comercializarlo ilegalmente.
Según se informó, el espécimen de fauna silvestre iba a ser vendido en el sector Fila Alta, pero los captores, al percatarse que era una práctica ilegal, abandonaron al animal, lo cual fue reportado por un grupo de personas a la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Cajamarca, órgano desconcentrado del Serfor.
Con todos los protocolos de bioseguridad, los especialistas acudieron al rescate del oso hormiguero y comprobaron que se trataba de una hembra juvenil, estaba en buen estado de salud y mantenía su comportamiento natural.
Por ello, el pasado 6 de enero, con el apoyo del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) el mamífero fue liberado en el sector “El Tigre”, ubicado al interior de los bosques montanos del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, en la provincia de San Ignacio.
La principal motivación del tráfico de fauna silvestre en el país es la demanda de animales vivos para ser usados como mascotas. El Serfor remarcó que la tenencia, posesión, adquisición ilegal de la fauna silvestre, además de constituir una infracción administrativa que conlleva al pago de multas, constituye un delito que puede llevar a la cárcel.
Cabe señalar, el oso hormiguero (Tamandua tetradactyla) es un mamífero que se alimenta casi exclusivamente de hormigas y termitas, lo que los convierte en una especie benéfica para el mantenimiento del bosque al depredar a las termitas que suelen atacar a los árboles evitando así su deterioro, además de controlar las poblaciones de estos insectos
La Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, mediante el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, señala en el artículo 191, inciso 3 literal A, que es una infracción muy grave “cazar, capturar, colectar, poseer, adquirir, vender, transformar, almacenar, comercializar, importar o exportar especímenes, productos o subproductos de fauna silvestre sin contar con la autorización correspondiente”.
El Serfor remarcó que cualquier persona que incumpla lo establecido en el artículo 191, es considerado un infractor a la legislación nacional, y por lo tanto se convierte en cómplice del tráfico ilegal de fauna silvestre.
Recordó que las denuncias de infracciones y delitos en materia forestal y de fauna silvestre, se realiza a través de
Alerta Serfor , un aplicativo web que permite a las personas dar a conocer estos actos de manera voluntaria y anónima (si así lo desea).
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