El Ejecutivo aprobó hoy la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento para fortalecer la prestación de estos servicios, y la gestión de las entidades prestadoras de servicio de saneamiento (EPS), buscando elevar la cobertura a nivel nacional.
Según el Decreto Legislativo 1280, publicado en el Diario Oficial El Peruano, y en el marco de las facultades delegadas, esta normativa tiene por propósito:
1. Establecer las normas que rigen la prestación de los servicios de saneamiento a nivel nacional, en los ámbitos urbano y rural, a fin de lograr el acceso universal, el aseguramiento de la calidad y la prestación eficiente y sostenible de los mismos, promoviendo la protección ambiental y la inclusión social, en beneficio de la población.
2. Establecer medidas orientadas a la gestión eficiente de los prestadores de los servicios de saneamiento, a fin de beneficiar a la población, con énfasis en su constitución, funcionamiento, desempeño, regulación y control, que sean autorizadas acordes con lo establecido en la presente Ley.
3. Establecer los roles y funciones de las entidades de la administración pública con competencias reconocidas por el ordenamiento legal en materia de prestación de los servicios de saneamiento.
Entre los objetivos de la política pública del sector saneamiento destacan:
1. Incrementar la cobertura, calidad y sostenibilidad de los servicios de saneamiento, con la finalidad de alcanzar el acceso universal.
2. Reducir la brecha de infraestructura en el sector y asegurar el acceso a los servicios de saneamiento prioritariamente de la población rural y de escasos recursos.
3. Alcanzar la autonomía empresarial e integración de los prestadores de los servicios de saneamiento.
4. Incrementar los niveles de eficiencia en la prestación de servicios con altos indicadores de calidad, continuidad y cobertura.
5. Lograr la gestión sostenible del ambiente y de los recursos hídricos en la prestación de los servicios de saneamiento.
Integración de prestadores
La norma también, indica que a fin de alcanzar la eficiencia empresarial el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass) promueve la integración de los prestadores de los servicios de saneamiento, a nivel provincial, interprovincial, regional y macroregional.
Esto en función a la Escala Eficiente que apruebe la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) y los criterios que establezca el ente rector (el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, MCVS), a propuesta del Otass.
La Escala Eficiente establece el nivel mínimo en el que un prestador puede brindar los servicios de saneamiento de manera eficiente con costos medios o totales por unidad producida.
Entre las modalidades de integración están la incorporación efectiva de áreas urbanas atendidas por Unidades de Gestión Municipales u Operadores Especializados a las empresas prestadoras, así como la de áreas atendidas por prestadores de los servicios de saneamiento del ámbito rural a las empresas prestadoras.
También destaca la fusión entre empresas prestadoras y otras que establezca el ente rector.
El reglamento establece los incentivos técnicos y económico-financieros para la integración de los prestadores de los servicios de saneamiento, de conformidad con la normativa vigente.
Proyectos de APP
Según las disposiciones complementarias finales mediante decreto supremo el MVCS en un plazo no mayor de 120 días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Ley, aprobará el reglamento.
Ayer el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala, informó de la aprobación de esta Ley en reunión de Consejo de Ministros junto a cuatro Decretos Legislativos adicionales.
(FIN) MMG/JJN
Publicado: 29/12/2016