Andina

Aprueban en comisión retiro del 95% de aportes al SNP para quienes no alcanzarán pensión

Con 65 años o más

Foto: ANDINA/Difusión

Foto: ANDINA/Difusión

17:57 | Lima, jul. 14.

La Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República aprobó el dictamen que permite a los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) con a los 65 años o más no lograron cumplir los requisitos para recibir una pensión obtener la devolución de sus contribuciones o elegir por una pensión extraordinaria de cesantía.

De acuerdo con la iniciativa que mereció el respaldo unánime del grupo de trabajo que preside el congresista Humberto Acuña (APP), los interesados podrán pedir la devolución del 95.5% de sus aportes acumulados y la ONP atenderá las solicitudes en un plazo máximo de 30 días hábiles. 

El retiro será la mitad del monto en un plazo de 30 días hábiles desde la calificación favorable de la solicitud y la otra mitad se entregará a los 60 días hábiles computados a partir del primer desembolso. 

El 4.5% del monto restante se transferirá al Seguro Social de Salud (Essalud) para que proceda a su aseguramiento y se garantice así la atención de su salud. La devolución de los aportes más los intereses respectivos dispuestos tendrán la condición de intangibilidad. 


Medida extraordinaria 

De manera excepcional y por única vez, los exaportantes al SNP de 55 años o más, que no hayan acumulado 20 años de aportaciones, podrán optar por solicitar la devolución del 95.5% de los aportes acumulados o continuar aportando al SNP. 

En el caso de los exaportantes del SNP que se encuentren actualmente afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), el retiro de sus aportes se puede realizar a través de un bono de reconocimiento transferido a su Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) o pedir la devolución de su fondo. 

La devolución de los aportes o el bono de reconocimiento se entregará en un plazo no mayor de 30 días calendarios de efectuada la solicitud. En el primer caso, la solicitud la efectuará el exaportante y en el segundo caso la AFP, precisa la propuesta. 

Los afiliados menores de 55 años, sean aportantes activos o exaportantes, que mantengan fondos en el SNP podrán pedir el retiro de sus aportes, de manera voluntaria, hasta por 1 unidad impositiva tributaria (UIT) que se entregará hasta en dos armadas en 30 y 60 días, descontándose de los aportes acumulados. 


En forma excepcional, a los menores de 55 años, cuyos aportes sean menores de UIT, se les entregará la totalidad del monto, detalla la propuesta. 

Suspensión


Además, el dictamen plantea que, de manera eventual, y por el periodo de pago de la remuneración correspondiente al mes siguiente de publicada la ley, se suspende la obligación de retención y pago por un mes del aporte al Sistema Nacional de Pensiones. 

Dispone también que la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en un plazo de 90 días calendario, contados a partir de la publicación de la ley, presente ante la Comisión de Presupuesto la relación de entidades públicas y empresas privadas que adeudan aportes o retenciones de aportes al SNP y las acciones realizadas para su cobranza. 

El Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo refrendado por los ministerios de Economía y Finanzas y de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobará el reglamento de la ley en un plazo no mayor de 30 días hábiles a partir de su publicación. 

El dictamen que se debatirá en el pleno del Parlamento recae en los proyectos de ley 5030/2020-CR, 5044/2020-CR, 5063/2020-CR, 5104/2020-CR, 5107/2020- CR, 5196/2020-CR, 5199/2020-CR, 5215/2020-CR, 5425/2020-CR, 5619/2020- CR y 5676/2020-CR.

(FIN) NDP/PBQ/FHG
JRA

Más en Andina:




Publicado: 14/7/2020