Como parte de las medidas que viene adoptando el Gobierno para proteger a los trabajadores, se ha dispuesto que en el caso de aquellos colaboradores que fueran diagnosticados con coronavirus el pago de los primeros 20 días de descanso médico sean reconocidos como subsidios reembolsables al empleador por parte de EsSalud.
“Los primeros 20 días de incapacidad temporal de los trabajadores son, en un contexto normal, asumidos por el empleador, por lo que esta norma permite que, si esos primeros 20 días de incapacidad se dan como consecuencia de Covid-19 esos días sean asumidos por EsSalud vía el reembolso del subsidio que sea pagado por el empleador”.
Así lo explicó el socio del Área Laboral de EY Perú, Miguel Rubio, quien con la finalidad que te informes sobre las principales disposiciones relacionadas a este subsidio, preparó la siguiente información:
Condiciones para su otorgamiento:
Para que se pueda otorgar este subsidio se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Que el trabajador sea dependiente reconocido como asegurado titular activo de Essalud a la fecha de inicio de la incapacidad ocasionada por la enfermedad del Covid-19 ,
- Que tenga la condición de paciente diagnosticado con la enfermedad del coronavirus y que perciba una remuneración con tope de 2,400 soles.
Monto del subsidio excepcional:
La base para el cálculo del subsidio es la remuneración mensual del trabajador, excluyendo las remuneraciones adicionales, como los son gratificaciones o conceptos con la misma periodicidad.
Del mismo modo, las horas extra, sobretiempos y toda compensación por labor extraordinaria desarrollada fuera de la jornada laboral regular, se consideran remuneraciones complementarias y se computan también para el cálculo del subsidio.
Duración:
El subsidio es otorgado al empleador únicamente por el trabajador que ha sido diagnosticado con Covid-19 durante el periodo de Emergencia Sanitaria.
Para acceder a dicho pago, los empleadores deberán presentar las solicitudes ante EsSalud en un plazo de hasta seis meses calendario, luego del cese de la incapacidad temporal ocasionada por el Covid-19.
De esta manera, Esaalud podrá reconocer el subsidio y proceder con su desembolso.
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(FIN) SDD/JJN
Publicado: 13/5/2020