Andina

Sunedu deniega licencia institucional a Universidad Juan Mejía Baca de Lambayeque

No demostró el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad

La Universidad Juan Mejía Baca (Lambayeque) deberá cesar sus actividades educativas en un plazo máximo de dos años, contados a partir del próximo semestre académico.

La Universidad Juan Mejía Baca (Lambayeque) deberá cesar sus actividades educativas en un plazo máximo de dos años, contados a partir del próximo semestre académico.

00:15 | Lima, nov. 14.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), mediante resolución de su consejo directivo, denegó la solicitud de licenciamiento institucional a la Universidad Privada Juan Mejía Baca (UMB), región Lambayeque, al no haber demostrado el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad (CBC) establecidas en el Ley Universitaria.

En consecuencia, la UMB deberá cesar sus actividades educativas en un plazo máximo de dos años, contados a partir del próximo semestre académico. De inmediato, queda impedida de convocar admisiones por nuevos ingresantes, bajo cualquier modalidad.

La UMB, universidad privada de naturaleza societaria, inició sus actividades en la ciudad de Chiclayo en 2009. Actualmente tiene una población de 546 alumnos.

Su autorización inicial, otorgada por el otrora Consejo Nacional para la Autorización y Funcionamiento de Universidades (Conafu), le permitió ofrecer tres programas académicos. Sin embargo, en el 2010 la misma entidad la autorizó para abrir otros dos programas, con lo cual su oferta creció a cinco carreras.


Deficiencias

Entre las deficiencias encontradas en la UMB durante el proceso de licenciamiento figuran:

La universidad no evidenció el cumplimiento de su propia planificación. La ejecución del Plan Estratégico Institucional 2016-2018 fue del 57.74 % de las actividades, quedando una brecha de incumplimiento del 42.26 %. De los 14 objetivos estratégicos planteados, solo uno había sido cumplido plenamente y cinco de ellos presentaban menos del 50 % de cumplimiento.

Asimismo, los programas de Ingeniería Teleinformática y Administración Hotelera, Turismo, Ecoturismo y Gastronomía no cumplen con la cantidad de créditos, según lo previsto en la Ley Universitaria. Además, hay inconsistencias entre la información de los planes de estudio vigentes y la información contenida en los sílabos de los cursos.

Del mismo modo, dicha casa superior de estudios no garantiza que sus sistemas de información den soporte a los procesos académicos y administrativos. En tres de los siete sistemas declarados se detectaron fallos durante su ejecución, que ocasionan que no puedan desarrollarse todas sus funcionalidades. 

Inconsistencias

Además, la información estadística sobre sus procesos de admisión presentó inconsistencias, pues el número de ingresantes para tres programas fue mayor que el número de vacantes, y tampoco se evidenció la ejecución del presupuesto destinado al mantenimiento de infraestructura y equipamiento. 

La universidad no demuestra contar con mecanismos de adjudicación y gestión de los fondos para el fomento de la investigación ni de seguimiento y monitoreo de los proyectos y grupos de investigación; tampoco existe una normativa clara que regule el desarrollo ético de la investigación. Las funciones del comité de ética no están claramente establecidas y no hay evidencias de que haya funcionado a lo largo del periodo de evaluación. 

La UMB no define claramente cuáles son las líneas de investigación bajo las que se desarrolla la producción académica de sus estudiantes, docentes y egresados. No ha demostrado una propuesta articulada entre sus líneas de investigación, proyectos y recursos necesarios para su desarrollo (financiamiento y docentes calificados).

Carece de docentes que cumplan con Ley Universitaria 

La universidad no cuenta con docentes que cumplan lo establecido en la Ley Universitaria con respecto a sus grados y títulos. Tampoco alcanza el mínimo requerido de 25 % de docentes a tiempo completo

De la misma manera, no cumplió con lo normado en su Reglamento Concurso Interno para Ordinarización, Promoción y Ascenso de Docentes, respeto al puntaje que debe obtener un docente para ser declarado apto como asociado. No presentó evidencias del proceso de selección de docentes del año académico 2019.

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La universidad no ha logrado acreditar que cuente con planes que contribuyan a la inserción laboral de sus estudiantes ni ha evidenciado que, a partir de los convenios que posee, se hayan materializado la realización de prácticas preprofesionales y profesionales en beneficio de sus alumnos y egresados.

La casa de estudios superiores no evidenció contar con la adecuada sostenibilidad financiera que le permita garantizar la asignación de los recursos necesarios para la mejora y mantenimiento de las CBC.

La denegatoria de licenciamiento trae como consecuencia para las instituciones educativas con licencia denegada el cese paulatino de las actividades académicas. La Sunedu supervisará que se respeten los derechos del alumnado, así como la reglamentación vigente.

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(FIN) NDP/TMC/JOT

Publicado: 14/11/2019