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Serfor inicia campaña para combatir tráfico ilegal de flora y fauna silvestre en Arequipa

Se promocionan rituales de limpieza de fin de año con el uso de quirquinchos, plumas y otras partes de animales

El Serfor busca evitar el tráfico ilegal de flora y fauna silvestre durante fiestas de fin de año. Foto: ANDINA/Difusión

El Serfor busca evitar el tráfico ilegal de flora y fauna silvestre durante fiestas de fin de año. Foto: ANDINA/Difusión

15:42 | Lima, dic. 16.

Con el objetivo de combatir el tráfico ilegal de flora y fauna silvestre en Arequipa, la oficina descentralizada del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) inició la campaña de prevención y control por fiestas navideñas y de año nuevo.

Así, se brindarán charlas a los comerciantes de las ferias navideñas y de los principales mercados de la ciudad que en esta época promocionan rituales de limpieza de fin de año con el uso de quirquinchos (animal silvestre en peligro de extinción) vivos y taxidermizados, así como de plumas y otras partes de animales.

Se debe evitar el uso del musgo y la madera de queñua en los nacimientos, señaló el Serfor.

En la capacitación se tratará también sobre el uso del musgo y la madera de queñua en los nacimientos y la procedencia de la cunuja (arbusto utilizado como incienso en sahumerios) en estas ferias.

El Serfor organizará operativos en coordinación con el Departamento de Medio Ambiente de la Policía Nacional para supervisar y, de ser el caso, decomisar mercadería y sancionar a los comerciantes que no respeten la ley. Además, se harán campañas de sensibilización dirigidas al público para que evite la comercialización, tenencia y uso ilegal de animales silvestres.

En peligro de extinción

El quirquincho es un animal silvestre, categorizado en peligro de extinción, según el decreto supremo que aprueba la actualización de la Lista de Clasificación y Categorización de las Especies Amenazadas de Fauna Silvestre Legalmente Protegidas, D.S. N.° 004-2014-Minagri.

La Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley N.° 29763), mediante el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, señala en el artículo 191, inciso 3, literal C, que es una infracción muy grave “adquirir, comercializar, exportar y/o poseer recursos de fauna silvestre extraídos sin autorización o que provengan de centros no autorizados”.

En su Reglamento para la Gestión de Flora Silvestre indica en su artículo 207, inciso 3, literal G que “adquirir, transformar, comercializar, exportar y/o poseer recursos y/o productos forestales extraídos sin autorización”

Las infracciones están tipificadas como muy graves, por ello, quienes resulten responsables de estos actos ilícitos serán sometidos a procesos administrativos sancionadores cuya sanción es el pago de una multa que va desde 0.1 hasta 5,000 unidades impositivas tributarias (UIT).

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(FIN) NDP/JOT

Publicado: 16/12/2020