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Policía y Fuerzas Armadas coordinan acciones para hacer cumplir normas ante el covid-19

Ministro del Interior, Jorge Montoya, lidera reunión

ANDINA/Difusión

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19:51 | Lima, ago. 13.

El ministro del Interior, Jorge Montoya Pérez, lideró hoy una reunión entre la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas para coordinar acciones conjuntas en favor del cumplimiento de las normas establecidas por el Gobierno para enfrentar al coronavirus (covid-19).

Mediante las redes sociales, el citado portafolio precisó que las instituciones militares continuarán con su labor de apoyo a las fuerzas del orden durante la emergencia sanitaria.

Tal como lo anunció en la víspera el presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, seis regiones y 36 provincias del país entraron a la cuarentena para evitar la propagación del covid-19. 

En su pronunciamiento, el jefe del Estado recalcó que la Policía y las Fuerzas Armadas se iban a encargar de hacer cumplir lo dispuesto por el Gobierno.

Decreto


Así, el Decreto Supremo N° 139-2020-PCM precisa que durante la vigencia del estado de emergencia nacional la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios rige desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado a escala nacional.

Se exceptúa a los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín y Madre de Dios; y las 36 provincias en los que la inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.

Asimismo, el domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los pobladores a escala nacional a escala nacional durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptuará de la medida al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros y servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).

Reuniones 


La norma ratifica que está restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio incluidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo de la Carta Magna.

En ese sentido, las reuniones sociales incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del covid-19.

Los niños y adolescentes menores de 14 años deben permanecer en sus domicilios, pero por necesidad de mantener su salud emocional, pueden realizar un paseo diario considerando diversas condiciones.


Así, deben salir con una sola persona mayor de edad que resida en la misma casa. La circulación se limita a un paseo de máximo 30 minutos, en una distancia no superior de 500 metros respecto del domicilio del niño o adolescente, en espacios libres sin aglomeraciones.

Durante el paseo, se debe mantener una distancia social no menor de dos metros, precisa el decreto supremo.

(FIN) PBQ/RMCH

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Publicado: 13/8/2020