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Defensoría: tarifas de telecomunicaciones deben tener vigencia mínima de 12 meses

Y cualquier cambio debe ser comunicado con 60 días de anticipación a los usuarios, propone

ANDINA/Difusión

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11:14 | Lima, feb. 18.

La Defensoría del Pueblo solicitó al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) modificar las normas que regulan el plazo y procedimiento que tienen las empresas de servicios de telecomunicaciones para comunicar los incrementos en las tarifas al público usuario.

De este modo -añadió-  el usuario podrá contar con información adecuada y en un tiempo oportuno que le permitirá decidir si permanece con el servicio contratado, lo varía a uno que se ajuste a sus necesidades o cancela el contrato. 

Según explicó Alicia Abanto, Adjunta para los Servicios Públicos de la Defensoría del Pueblo, la normativa actual permite a las operadoras de telecomunicaciones realizar incrementos en el servicio en cualquier momento, sin garantizar la vigencia de la tarifa inicialmente contratada por un plazo mínimo, o de la nueva tarifa desde la última variación realizada, lo que vulnera el derecho de las y los usuarios a tener un mínimo se seguridad sobre la estabilidad de sus tarifas y a recibir información idónea que le permita tomar la mejor decisión. 
 
“Es por ello que la Defensoría del Pueblo ha requerido a Osiptel disponer la modificación del Reglamento General de Tarifas y del Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a fin de establecer un periodo mínimo de vigencia de las tarifas, de tal modo que no puedan variar dentro de los siguientes 12 meses de contratado el servicio o de producido el último incremento”, sostuvo Abanto.

Movistar

 
Abanto dio a conocer también que se ha detectado diversas anomalías en el alza de tarifas efectuada por la empresa Movistar en enero último, tales como la falta de notificación previa a través de mecanismos idóneos, o el envío extemporáneo de la comunicación a las y los usuarios de diversos servicios. 

La representante de la Defensoría del Pueblo explicó que en algunos casos se ha enviado únicamente mensajes de texto que anunciaban la variación de tarifas sin mayor detalle y después de haber aplicado el incremento. Asimismo, que las comunicaciones contenían información incompleta sobre las opciones de reclamo del usuario frente al incremento y los canales de atención para ello. Se observó también que la notificación recibida por diversos usuarios era intimidante.
 
En ese sentido, dio a conocer que se ha pedido a Osiptel que establezca la obligatoriedad de las empresas operadoras de informar a dicho organismo regulador los cambios tarifarios en todos los casos y de comunicar al público usuario en un plazo no menor a 60 días de anticipación cualquier cambio en las tarifas. De acuerdo a la propuesta, dichos cambios deberán ser notificados en los recibos por consumo y solo de manera complementaria mediante aplicaciones móviles o mensajes de texto.
 
La representante de la Defensoría del Pueblo resaltó también la importancia en el rol que debe cumplir Osiptel.

 “Es necesario que, además de las modificaciones normativas, Osiptel realice las acciones de supervisión y fiscalización para comprobar si las operadoras cumplen con la obligación de brindar información oportuna sobre incrementos tarifarios, a fin de garantizar los derechos de las y los usuarios de los servicios de telecomunicaciones”, enfatizó.
 

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(FIN) NDP/ RES

Publicado: 18/2/2020