Amigo conductor, si ofreces el servicio de transporte público regular de personas en el territorio nacional es indispensable que cuentes con la Tarjeta Única de Circulación (TUC) electrónica vigente. Al obtener este documento se demuestra que has cumplido con todas las exigencias de ley para transportar personas de manera formal.
Para contar con este título habilitante debes descargar y completar el formulario 003/17.2. Acceder a dicho documento en el siguiente
enlace. Asimismo, tienes que presentar cuatro declaraciones juradas. En la primera hay que indicar que cumples con lo establecido en los numerales 37.4, 37.5 y 37.7 del
Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT).
Es decir, se debe asegurar que los socios, accionistas, directores, administradores o representantes legales de la empresa no tengan condenas por tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, pérdida de dominio, o delito tributario. Además, ninguno de ellos debe haber sido declarado en quiebra, ni estar incurso o sometido a una medida judicial o administrativa que le restrinja la administración de sus bienes.
Esta primera declaración jurada será suscrita por el gerente general, los socios, accionistas, asociados, directores, administradores o representantes legales de la empresa.
La segunda declaración jurada estará firmada por el gerente general y tiene que indicar lo establecido en los siguientes numerales del RNAT: 37.2, 37.3, 37.6, 37.8, 37.9, 37.10, 37.11, 38.1.3, 38.1.4, 38.1.6., 55.1.11, 20.1.9 y 55.
Entre estos puntos mencionados, debes asegurar que la empresa solicitante no preste servicios para el MTC, gobiernos regionales o locales, PNP u otra institución a cargo del control del tránsito. Esta prohibición también se aplica a quienes realicen labores de asesoría para la empresa solicitante, así como a sus familiares en segundo grado de consanguinidad o afinidad.
En la tercera declaración jurada se debe consignar la relación de conductores que trabajarán en la empresa y sus respectivas licencias de conducir. Opcionalmente, en caso cuente con patrimonio mínimo de vehículos, organización e infraestructura para prestar el servicio de transporte debe detallarlo en otra declaración jurada.
Y, por último, hay que presentar una declaración jurada suscrita por el gerente general conforme a lo establecido en los numerales 55.1.12.7, 55.1.12.8, 55.1.12.9, 55.1.12.10. del RNAT.
Por otro lado, es necesario presentar un documento con los términos del permiso solicitado, es decir, el destino al que se pretende prestar servicio, el itinerario, las vías a emplear, las escalas comerciales, estaciones de ruta, la clase de servicio, modalidad, frecuencias y horarios.
Además, se requiere una copia del contrato o recibo de pago con un operador telefónico que acredite que la empresa cuenta con un medio para la comunicación con cada uno de sus vehículos. En adición a ello, una copia del Manual General de Operaciones, firmada por el representante legal de la empresa; copia de los certificados de limitador de velocidad; copia del currículum documentado de las personas encargadas de las áreas de Operaciones y Prevención de Riesgos.
También es necesaria una copia de la propuesta operacional, en la que el solicitante sustente matemáticamente la viabilidad de operar el número de servicios y frecuencias solicitadas con el número de conductores y vehículos que habilita. De igual manera, un documento que acredite ser titulares o tener contratos vigentes para usar terminales terrestres o estaciones de ruta habilitados.
De igual forma, se necesita una copia del contrato con la empresa prestadora del servicio de control y monitoreo (GPS), que identifique la placa de los vehículos; también una copia del documento que acredite que la empresa solicitante es titular o tiene suscrito contrato vigente que le permite el uso de una oficina administrativa.
La empresa solicitante presentará una copia de su partida registral, CITV vigente ordinario y complementario, según corresponda. Además, certificados de SOAT vigente de los vehículos con los que trabajará, en caso de no ser vehículo propio adjuntarán el contrato de arrendamiento con una entidad financiera supervisada por la SBS.
Una vez que hayas realizado el pago correspondiente por el trámite y presentado todos los documentos ante la Mesa de Partes del MTC o alguna de las sedes desconcentradas, obtendrás una respuesta en máximo 17 días, según los plazos establecidos por ley.
(FIN) NDP/LZD