Andina

Chávez: "En ningún momento el MTPE dio el visto bueno para afectar a miles de pasajeros”

Ministra de Trabajo se pronuncia sobre huelga de controladores aéreos

EFE

14:44 | Lima, abr. 16.

La ministra Betssy Chávez Chino reiteró esta mañana que la cartera de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) no tiene facultades para prohibir o autorizar una huelga, puesto que esta es un derecho constitucional que no requiere de permiso previo para ser ejercido.

En entrevista con RPP, explicó que a través de la autoridad competente, es decir, la Dirección General de Trabajo (DGT) lo que se declara es “la procedencia de la comunicación”; es decir, el anuncio de la huelga, mas no “la legalidad”, como erróneamente se ha venido comentando.

De acuerdo con la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, la legalidad recién se puede evaluar a partir de los informes emitidos por la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) durante el desarrollo mismo de la huelga, monitoreando que se cumpla con los compromisos previamente comunicados por el sindicato

En el caso de los servicios públicos esenciales se debe garantizar que no se afecte la vida y seguridad de las personas.


Sobre la reciente huelga de controladores aéreos, la titular del MTPE  dijo que la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac) es responsable de no haber resuelto oportunamente los reclamos del Sindicato Unificado de Controladores de Tránsito Aéreo del Perú (SUCTA PERÚ), referidos a temas de seguridad y salud en el trabajo, y otros.

En ese sentido, Corpac, al igual que lo hizo en diciembre pasado -cuando se registró una paralización de 3 días- por lo menos debió tomar las previsiones del caso para mitigar las afectaciones a los pasajeros que se trasladaban aprovechando el feriado largo de Semana Santa.

Cabe precisar, que internacionalmente las empresas suelen resolver las demandas de los controladores aéreos antes de que estas desencadenen paralizaciones.

Chávez Chino precisó que desde la Dirección General de Trabajo, funcional y técnicamente autónoma, es decir, que no puede recibir órdenes del titular del MTPE, lo que se declara es “la procedencia de la comunicación de una huelga”, lo cual sirve únicamente para determinar si los huelguistas sufrirán descuentos o no.

La declaración de procedencia de la comunicación de una huelga (que no es igual a la declaración de legalidad) “significa que una organización sindical ha cumplido con todos los requisitos formales que se establecen en el texto único de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo”, por lo cual la DGT debe de declarar la procedencia.

Sin embargo, la ministra refirió que, en el caso de la huelga de controladores aéreos, esta se declaró ilegal cuando el día jueves se vulneró el artículo 82 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo que establece que el derecho a la huelga no puede afectar derechos de la ciudadanía como, en este caso, el transporte aéreo.  “Al romperse este presupuesto, la cartera se declara la ilegalidad de la huelga”, enfatizó.


(FIN) NDP/RMCH 
GRM

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Publicado: 16/4/2022