El Ministerio de Cultura amplió hasta el 4 de mayo el plazo para la recepción de comentarios, observaciones y sugerencias acerca del proyecto de resolución ministerial que aprueba el Reglamento de Uso Turístico Sostenible para la Conservación de la Ciudad Inca de Machu Picchu.
Mediante la Resolución Ministerial N.º 000181-2024-MC se dispuso la ampliación del plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N.º 000159-2024-MC, por diez 10 días calendario adicionales, contados desde el día de vencimiento del plazo dispuesto en la mencionada resolución. Es decir, desde el 26 de abril hasta el 4 de mayo.
Asimismo, se encarga a la Dirección General de Patrimonio Cultural la recepción, procesamiento, evaluación e inclusión, de ser el caso, de los comentarios, observaciones y sugerencias que se reciban sobre el reglamento propuesto.
Reglamento
El reglamento tiene por objeto regular el uso turístico sostenible de la ciudad inca de Machu Picchu para asegurar su conservación y protección en beneficio de la presente y futuras generaciones.
En este documento se precisa que el Ministerio de Cultura es responsable de la conservación, el mantenimiento y administración de la ciudad inca de Machu Picchu, con el objetivo de preservar el patrimonio cultural y transmitir a las futuras generaciones los valores universales excepcionales (VUE) con los que fue incorporado en la Lista del Patrimonio Mundial de la Unesco.
También se indica que los circuitos de visita turística en la ciudad inca de Machu Picchu deben ser seguidos y respetados por los guías de turismo y visitantes.
Asimismo, se indica que por resolución ministerial estos circuitos pueden ser modificados de acuerdo a las necesidades de conservación y recuperación de la ciudad inca, y la implementación de los mismos está a cargo de la jefatura del parque arqueológico nacional de Machu Picchu (PANM).
Los circuitos son: circuito 1 o circuito panorámico, que comprende la ruta 1-A (ruta montaña Machu Picchu) y ruta 1-B (ruta terraza superior).
Además, durante el periodo de temporada alta se habilitan las siguientes rutas 1-C (ruta hacia Portada Inti Punku) y ruta 1-D (ruta hacia Puente Inca).
El circuito 2 o circuito clásico comprende las rutas 2-A (ruta diseñada) y 2-B (ruta terraza inferior).
El circuito 3 o circuito de la Realeza comprende las rutas 3-A (ruta Montaña Waynapicchu) y 3-B (ruta diseñada).
Durante el periodo de temporada alta se habilitan las rutas 3-B: ruta Gran Caverna y ruta 3-C (ruta Huchuypicchu).
Boleto de ingreso
El boleto de ingreso a la ciudad inca de Machu Picchu puede ser reservado o adquirido a través de la página web determinada por el Ministerio de Cultura.
La Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) Cusco pone a disposición de los visitantes los equipos y medios electrónicos o digitales para la adquisición de los boletos de ingreso de forma personal, conforme con las disposiciones establecidas por el Ministerio de Cultura.
Del mismo modo, se indica que el boleto de ingreso es válido solo para la fecha y hora que fue adquirido. No está permitido el cambio de fecha ni de nombre del titular del boleto de ingreso. Excepcionalmente, se permite solo el cambio del número de pasaporte y del documento nacional de identidad de la misma persona.
También se señala que el Ministerio de Cultura no dará reembolsos o devoluciones salvo situaciones de caso fortuito o fuerza mayor que impidan la llegada e ingreso de los visitantes a la ciudad inca de Machu Picchu. En estos casos, se puede permitir la reprogramación de la fecha y hora de la visita.
El presente reglamento consta de 26 artículos y disposiciones complementarias finales que está publicado en el portal web del Ministerio de Cultura.
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(FIN) NDP/TMC/JOT
JRA
Published: 4/23/2024