Andina

Sanciones de hasta 1000 UIT para quienes vulneren derechos de indígenas

En aislamiento o contacto inicial, precisó el Ministerio de Cultura

El Ministerio de Cultura sancionará hasta con mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT), a quienes vulneren los derechos de los Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (PIACI)

El Ministerio de Cultura sancionará hasta con mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT), a quienes vulneren los derechos de los Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (PIACI)

17:33 | Lima, ago. 9.

El Ministerio de Cultura sancionará hasta con mil Unidades Impositivas Tributarias (UIT), a quienes vulneren los derechos de los Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial (PIACI).

Esto en virtud de la publicación del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1374 que establece el Régimen Sancionador por incumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 28736, Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial; publicado por el Gobierno este viernes 09 de agosto, Día Internacional de los Pueblos Indígenas.

Dicho reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 010-2019-MC, permitirá al Ministerio de Cultura supervisar, fiscalizar y sancionar a quienes vulneren los derechos de los PIACI y no cumplan con la normativa establecida por el Estado para la prevención de acciones que pongan en riesgo la supervivencia física e integridad de estos pueblos. 


En ese sentido, se podrá aplicar amonestaciones, disponer el decomiso definitivo de bienes; así como la inhabilitación de ingresos a las reservas. La tabla de infracciones y sanciones  contempla multas de hasta mil UIT. 

En ese contexto, la norma establece mecanismos concretos para verificar cualquier vulneración a los derechos de los PIACI, como la supervisión en campo. De igual modo, dispone la creación del Registro Nacional de Sanciones e Infracciones en las cinco reservas que abarcan cerca de tres millones de hectáreas.

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Este reglamento es el resultado del proceso de participación implementado desde el Ministerio de Cultura en coordinación con la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) y sus organizaciones regionales: la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO), el Consejo Machiguenga del Río Urubamba (Comaru), la Organización Regional (Aidesep Ucayali – Orau) y la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (Fenamad).

Datos 

Los PIACI son extremadamente vulnerables dado que al encontrarse en situación de aislamiento no han desarrollado defensas para enfermedades comunes como la gripe u otras.

Actualmente, el Ministerio de Cultura cuenta con 13 puestos de control y vigilancia a cargo de 37 agentes de protección en estas reservas. 

El proceso participación indígena desarrollado por el Ministerio de Cultura para la elaboración del proyecto de reglamento del Decreto Legislativo N° 1374, se llevó a cabo a través de seis talleres desarrollados en Iquitos (Loreto), Pucallpa (Ucayali), Madre de Dios, Cusco y Lima; así como en las comunidades nativas de Cashiriari y Camisea con diversas organizaciones indígenas.

Posteriormente, el Ministerio de Cultura desarrollará la normativa adicional complementaria, que permita la implementación efectiva del régimen sancionador.

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(FIN) NDP/TMC


Published: 8/9/2019